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Foro de participación módulo 3
Yolanda Paredes Salazar replied hace 8 meses, 3 semanas 78 Miembros · 87 Respuestas
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Buenas Tardes.
El tema de los Derechos Humanos a nivel mundial es un tema demasiado profundo, y vemos en los casos que existen muchas violaciones a éstos derechos humanos, en lo laboral, en lo sindical, y en síntesis en los Derechos Humanos que tenemos como personas, porque han entidades de los estados que limitan bastante el tema de la libertad sindical, de la negociación colectiva, el derecho a la huelga, en las entidades territoriales vemos siempre como los mandatarios o jefes de turno, sin ninguna justificación limitan los derechos de los trabajadores, y sacan directivas y decretos limitando el pleno derecho de los trabajadores.
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Buenas tardes
Este módulo fue particularmente relevante para a mi ya que en este momento estamos en proceso de negociar una convención colectiva, conocer y utilizar todas las herramientas internacionales es de gran Utilidad. Gracias-
Estoy de acuerdo con tu aporte, coyunturalmente nos unimos varios sindicatos amparados bajo la opinión pública del derecho a la convención colectiva, y ha sido el pilar fundamental para que históricamente trabajemos en común para los trabajadores del Ministerio de Hacienda en Costa Rica.
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buen día , muy interesante lo que se aprende en este modulo ya que esto nos permite tener mayor claridad frente a lo que vivimos en nuestro país Colombia, es allí donde el Estado juega un papel garante de la importancia de los sindicatos para el desarrollo de las actividades en condiciones dignas de los trabajadores y la seguridad de los dirigentes sindicales, que puedan ejercer sus labores sin que se les vulneren los derechos.
feliz día -
Quiero llamar la atención de como ante el Sistema Interamericano que reconoce expresamente el derecho de huelga en el protocolo de San Salvador literal b, haga su desarrollo conforme a los avances construidos por gobiernos, empleadores y trabajadores en los órganos de control de OIT, sin embargo los empleadores quieran excluir la existencia del derecho de huelga de los Convenios OIT, la interpretación inadecuada, contra convencional y contra el desarrollo de normas de OIT que hacen algunos empleadores para obstaculizar el trabajo en la conferencia OIT debe ser reprochado por los demás actores sociales en todos los espacios, la actividad de los empleadores en OIT frente a la huelga en la última década ha sido indignante, y ridícula.
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Excelente el contesto como tal en cuanto a derechos humanos y libertad sindical se refiere, pero tengo una pregunta, como hago para llevar un caso a la IDH, cuando en la empresa donde vendo mi fuerza de trabajo algunos miembros de la organización sindical son discriminados por pertenecer al sindicato, en materia de salarios, que los llamados pactos colectivos estén por encima de las convenciones colectivas? De antemano le agradezco su respuesta.
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Buen día a todas las personas de este foro.
El derecho de asociación sindical es un tema en el que se debe trabajar bastante, ello porque desde las empresas y los medios de comunicación se han creado unos constructos respecto de que las empresas quiebran por “culpa de los sindicatos” y que los sindicalizados son unos “vagos” que no quieren trabajar. Y, respecto de la huelga, en Colombia, la misma se encuentra regulada solo para la del conflicto post negociación sindical, la cual tiene una serie de etapas bastantes dispendiosas. De otra parte, en nuestro país se tiene la concepción que todo servicio público es “esencial” y con ello se crea el temor para votar favorablemente la huelga en el sector público. Hay mucho trabajo por hacer desde la capacitación a los trabajadores y las trabajadoras, así como a los operadores judiciales. -
Buenas noches a todos:
De la bibliografia revisada me surge una duda?? Cual es el procedimiento para instaurar una denuncia que nos permita llegar hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos?? Primero tiene que ser en el Pais y despues se recurre a esta instancia? y si fuera asi, cual es el tiempo de atencion?? Agradezco su gentil atencion a mis dudas. -
Un saludo a todos los compañeros y compañeras participantes de este gran curso
Es impresionante conocer como todos los gobiernos del continente violan constantemente los derechos humanos de los trabajadores
Voy a reseñar el caso venezolano ya que es el que más conozco, el Venezuela la libertad sindical es violentada en cada uno de sus elementos con una frecuencia espantosa
En Venezuela los sindicatos no pueden realizar las elecciones sindicales de manera autónoma guiandose según sus estatutos sino que las elecciones sindicales son supervisadas por el Consejo Nacional Electoral órgano electoral afecto al partido de gobierno
De la misma manera mediante un instrumento emitido por el ministerio del poder popular para el proceso social del trabajo conocido como el memorándum 2792 se restringe la discusión de las convenciones colectivos y el ministerio del trabajo solo autoriza la discusión de convenciones colectivos de manera selectiva y a sindicatos efectos al gobierno
Otro elemento de la libertad sindical frecuentemente vulnerado es el derecho a huelga y todo huelga debe ser previamente autorizada por el ministerio del poder popular para el proceso social de trabajo
Cuando los sindicatos autónomos realizamos acciones de protestas con mucha frecuencia sus dirigentes son amedrentados perseguidos y judicializados
Ante estos atropellos y ante la ausencia de un estado de derecho nos encontramos en un estado de indefensión total
Este taller debe culminar en alguna estrategia que nos permita articular de manera colectiva para luchar contra este flagelo continental -
Mi participación va dirigida a que ; a pesar de la existencia de libertad sindical se sigue violentando el derecho a la libre sindicalizacion, pues en muchas empresas los empleados de confianza a los patrones, no pueden se sindicalizan por que son despedidos , pero también es importante mencionar que los trabajadores desconocen sobre estos convenios internacionales que los protegen. Y por eso no los hacen valer. Después de este Diplomado me queda un gran compromiso de hacer del conocimiento de estos convenios , para que como trabajadores no permitan que sus patrones no les permitan ser parte de un sindicato.
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La Corte Interamericana valida la relación de los derechos humanos de una forma integral para el trabajador y trabajadora para mejorar la calidad de vida y el respeto a la vida, exigiendo a los estados la protección de el derecho fundamental de asociación sindical y negociación colectiva actividades con las que buscamos mejorar la calidad de vida de los trabajadores y sus famiias
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En la actualidad, los sindicatos desempeñan un papel crucial en la lucha por la mejora de las condiciones laborales, aunque hay un reconocimiento a los derechos en la realidad no se materializan un ejemplo son los casos expuestos en esta unidad, A través de la negociación colectiva, los sindicatos pueden influir en políticas laborales y en la creación de leyes que protejan a los trabajadores. Sin embargo, es vital que se reconozcan y se respeten estos derechos de asociación sindical para que los trabajadores puedan beneficiarse plenamente de ellos. Por lo tanto, es esencial fomentar un entorno en el que los derechos de los sindicatos sean protegidos y promovidos, asegurando así un futuro laboral más justo y equitativo para todos.
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¡Buenos días!
Me gustó que ésta lección haya utilizado podcast para una mayor dinamicidad en la comprensión de los temas.
Saludos. -
Buenas noches, me pareció muy importante el contenido sobre la Negociación Colectiva. Gracias.
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he aprendido bastante con este encuentro, pero tengo en duda. Las normas que incumple el gobierno nacional en cuanto al permiso sindical o fuero para aquellas personas elegidas para ser apoyo, en departamentos de formación. por ejemplo: en FECODE(Federacion colombiana de Educadores) existe un departamento llamado CEID (Centro de estudios e Investigaciones Docentes) a nivel nacional asisten diez maestros erupdictos en Pedagogia, sacados de las aulas, como apoyo en temas de propuestas de FECODE a gobierno o al proceso de educación. Se forma asi: un elegido como representante generalmente por región, forman un equipo nacional de 10 personas; pero a estos no les dan el debido permiso desde las secretarias de educación en el departamento respectivo, para ejercer su labor y concentrarse en Bogotá. considero la necesidad de desarrollar una norma para esta figura, puesto que el aporte social a los trabajadores maestros y a la sociedad impactada de Colombia es muy importante. asi mismo puede estar sucediendo en otras organizaciones sindicales. ¿Que hacer?
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Con el actual decreto 243 del 29 de febrero se ha abierto puerta a infinidad de interpretaciones donde se aplicxa deacuerdo a intereses, me gustaria sab er la definición exacta de la normatividad. me parece que la ley debe ser clara y no dar lugar a interpretaciones. por otra parte el seguimiento al proceso de negociaciación se ha presentado un cumulo de incumplimientos en acuerdos que no encuentro la figura para presionar a las organizaciones a cumplir y solucionar estos compromisos que se excusan en falta de presupuesto. por ejemplo.
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