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Foro de participación módulo 5
Kelly Johanna Villegas Gómez replied hace 9 meses, 1 semana 32 Miembros · 60 Respuestas
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¿Los trabajadores contratados por prestación de servicios tienen derecho a las prestaciones sociales, sí o no, y porque? No genera prestaciones sociales. Por que no contiene las mismas condiciones de una relación legal y reglamentaria o de un contrato laboral. Por lo que no hay una relación de subordinación, no debe cumplir horario. La prestacion de servicios es un acuerdo entre las partes donde el prestador se compromete a realizar una tarea especifica para la otra parte a cambio de una remuneracion, sin el cumplimiento de las otras dos caracteristicads del contrato laboral.
La licencia de maternidad y paternidad considero que de la forma que esta en la legislacion es mas que justa, dado que si ambos padres trabajan en una misma empresa, el ausentismo por este motivo perjudicaria susttancialmente la produccion y por ende la sostenibilidad de la empresa.-
Hola José Rojas, muchas gracias por participar, muy buena respuesta.
Próximamente retroalimentaré para todos la respuesta.
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Cordial saludo
Los trabajadores por prestación de servicios no tiene los mismos beneficios que los contratados por nomina nuca he estado de acuerdo con el contrato por prestación de servicios pero que le vamos a hacer
Por otra parte la licencia de maternidad debería ser mucho más tiempo para las mujeres para los hombres esta bien como esta en la actualidad.-
Hola Dagoberto, muchas gracias por participar, muy buena respuesta.
Próximamente retroalimentaré para todos la respuesta.
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Buen Día Compañeros, ¿Los trabajadores contratados por prestación de servicios tienen derecho a las prestaciones sociales, sí o no, y porque? ¿Ustedes creen que la licencia de maternidad y paternidad debería ser igual en tiempo?.
Los trabajadores contratados por prestación de servicios tienen derecho a las prestaciones sociales, sí o no, y porque? No, los trabajadores contratados por prestación de servicios generalmente no tienen derecho a prestaciones sociales, ya que este tipo de contrato no crea una relación laboral directa. La modalidad de prestación de servicios es comúnmente utilizada para proyectos específicos o tareas temporales, y los trabajadores bajo esta modalidad son considerados contratistas independientes.
¿Ustedes creen que la licencia de maternidad y paternidad debería ser igual en tiempo?
desde mi punto de vista creería que si, toda vez que así el padre colabora en el cuidado de su bebe de forma equitativa, además fortalece los vínculos afectivos de la pareja.-
Hola Rodrigo José, muchas gracias por participar, muy buena respuesta.
Próximamente retroalimentaré para todos la respuesta.
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Fraternal saludo compañeros
Los contratos de prestación de servicios se rigen por el código civil, no son contratos laborales por lo que no tienen derecho a prestaciones sociales, sin embargo, es de anotar que es la figura utilizada por patronos para no pagarlas.
Considero que en la equidad correspondiente y con la finalidad de que el padre sea un apoyo para la madre la licencia de paternidad debe ser igual a la de maternidad, sin embargo el machismo colombiano a veces convierte este tiempo en unas vacaciones y carga adicional para la madre gestante, no obstante debería haber un esquema de acompañamiento 100% durante todo el tiempo de gestación y nacimiento por parte del padre con el fin de que haya conciencia por parte del padre y sea un verdadero apoyo.-
Hola Claudia Patricia, muchas gracias por participar, muy buena respuesta.
Próximamente retroalimentaré para todos la respuesta.
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Cordial saludo:
considero que como se encuentra esta bien, teniendo en cuenta que la mabre tiene una responsabilidad natural, aunque debria ampliar un poco mas por el bienestar de los niños.
inherente al desarrollo y fortalecimiento del bebe durante las primeras semanas de desarrollo.
lo anterior sin restarle importancia a la figura del padre en los primeros dias de desarrrollo del bebe ya que el contacto con el padre empiezaa formar su figura paterna.
estaria bien pero considero que podria estar mejor con mas dias para iniciar a formar la figura paterna y materna.
Muchas gracias,-
Hola Alex, muchas gracias por participar, muy buena respuesta.
Próximamente retroalimentaré para todos la respuesta.
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Buenas tarde compañeros ,pienso que los contratos de trabajo por obra y labor o prestación por servicio no deberían existir, en mi caso tomando como ejemplo las empresas donde he trabajado donde la mano de obra debe estar capacitada para la actividad por la cual fue contratada por y con la empresa,esto lo escribo porque algunos administradores de las empresas que viven de estas clases contratos y ustedes saben a lo que me refiero,esto no es un juzgamiento del empleado,solo que en el caso de un contrato por prestación de servicio debe ser modificado su condición para que no afecte.
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Hola Xavier, muchas gracias por participar, muy buena respuesta.
Próximamente retroalimentaré para todos la respuesta.
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Buenas noches, compañeros
Doy repuestas a las preguntas del módulo 5:
¿Los trabajadores contratados por prestación de servicios tienen derecho a las prestaciones sociales?
R/ No, los trabajadores contratados por prestación de servicios en Colombia no tienen derecho a las prestaciones sociales. En este tipo de no existe una relación laboral directa sino un contrato civil o comercial para la ejecución de una labor específica. Debido a esto, no se aplica la normatividad laboral que concede prestaciones sociales.
2. ¿Debería ser igual el tiempo de licencia de maternidad y paternidad?
Es un tema complejo que debería ser debatido, ya que depende de varios factores culturales, económicos y de equidad.
Personalmente, creo que igualar las licencias de maternidad y paternidad sería un paso importante hacia una sociedad más equitativa y consciente del valor del cuidado compartido. La maternidad es un momento profundamente transformador, no solo para la madre, sino también para el padre o pareja, y ambos deberían tener el tiempo necesario para adaptarse a esta nueva etapa, fortalecer el vínculo con el bebé y apoyar a la madre en su recuperación.-
Hola Marge, muchas gracias por participar, muy buena respuesta.
Próximamente retroalimentaré para todos la respuesta.
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Buenas noches
Los contratos de prestación de servicios No tienen derecho a prestaciones sociales, debido a que no existe una relación laboral, este contrato ofrece al trabajador laborar en varias en empresas o entidades, debido a que es autónoma y es flexible con sus horarios.Creo que si ambos padres tiene la oportunidad de disfrutar buna licencia de maternidad, podrían apoyarse mutuamente en el inicio del de esa etapa de ser padres, debido a que son los meses donde es más agotador para la madre, claro está , esto debe ir acoplado a que la pareja tengan una vida juntos, ya que creo que no es necesario cuando el Padre no tiene ningún vínculo con la madre.
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Hola Liliana, muchas gracias por participar, muy buena respuesta.
Próximamente retroalimentaré para todos la respuesta.
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Buenas noches
Los contratos de prestación de Servicios, No tienen un vínculo Laboral, por lo tanto no tienen derecho a las prestaciones social, este contrato tiene una flexibilidad y autonomía que le permite al trabajador laborar en varias entidades o empresas al tiempo.Considero que la licencia de Maternidad igual para manos Padres ayudaría a iniciar el vínculo entre padres e hijos mucho más fuerte , y hay que tener en cuenta que este inicio donde el bebé requiere mayor atención, y la madre a pesar de estar en un proceso de recuperación es quien más se agota durante el inicio de este periodo, por lo tanto contando con el apoyo del Padre del bebé de aligeran un poco las cargas.
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Buenas noches, en cuanto a la primera pregunta, No, los trabajadores contratados por prestación de servicios no tienen derecho a prestaciones sociales ya que este tipo de contrato se caracteriza por ser un acuerdo entre un trabajador independiente y una empresa para realizar una labor específica, sin generar una subordinación y sin vínculo laboral formal, debiendo estos trabajadores afiliarse de manera independiente a salud y sistema de pensión asumiendo esos costos por su cuenta.
ahora bien para la segunda, pues igual no considero, pero si debería ser mas extensa , pues esta permitiría que los padres participen mas en el cuidado de los hijos desde el nacimiento fortaleciendo mas el vinculo que los une y brindando un apoyo mas grande a la madre en la recuperación.-
Hola Carolina, muchas gracias por participar, muy buena respuesta.
Próximamente retroalimentaré para todos la respuesta.
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Buenas noches para todos el contrato por prestación de sericio una característica es no pagar las prestaciones sociales.
Para mi no deben ser iguales . Las.mujeres deberían tener más días de su maternidad.-
Hola Wilman, muchas gracias por participar, muy buena respuesta.
Próximamente retroalimentaré para todos la respuesta.
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En Colombia, los trabajadores contratados por prestación de servicios no tienen derecho a las prestaciones sociales como cesantías, primas y vacaciones, esto se debe a que este tipo de contrato se rige por normas civiles y comerciales, no laborales, y no implica una relación laboral directa con subordinación, sin embargo, tienen derecho a recibir el pago pactado, seguridad social en salud y pensiones, y cobertura de riesgos laborales.
En cuanto a la licencia de maternidad y paternidad, actualmente en Colombia, la licencia de maternidad es de 18 semanas remuneradas, mientras que la licencia de paternidad es de 2 semanas, la diferencia en la duración de estas licencias se basa en la necesidad de recuperación física de la madre y el cuidado inicial del recién nacido.
Sobre si deberían ser iguales en tiempo, es un tema de debate. Algunos argumentan que igualar las licencias podría promover una mayor equidad de género y permitir a ambos padres compartir las responsabilidades del cuidado del bebé desde el inicio. Otros consideran que las necesidades biológicas y de recuperación de la madre justifican una licencia más prolongada para ella; Mi opinión en particular, es que como están en este momento son justas para ambos padres.
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Hola Doris, muchas gracias por participar, muy buena respuesta.
Próximamente retroalimentaré para todos la respuesta.
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Buenas noches para todos, respecto a la primera pregunta, los trabajadores contratados por prestación de servicios no tienen derecho a las prestaciones sociales, ya que la persona tiene un tipo de contrato que no genera subordinación, no tiene vinculo laboral directo con la empresa, por lo tanto el trabajador o contratista es responsable de su propia seguridad social y demás beneficios.
La igualdad de tiempo en la licencia de maternidad y paternidad es un tema que tiene sus pro y contra, pero considero que como está estipulado actualmente en la ley está bien.-
Hola Luis, muchas gracias por participar, muy buena respuesta.
Próximamente retroalimentaré para todos la respuesta.
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Hola apreciadas compañeras y compañeros, espero que estén muy bien. Como es mi compromiso, paso a retroalimentar las preguntas orientadoras del 5 módulo.
¿Los trabajadores contratados por prestación de servicios tienen derecho a las prestaciones sociales, sí o no, y porque?
Respuesta: No, los trabajadores contratados por prestación de servicios no tienen derecho a las prestaciones sociales que corresponden a los trabajadores bajo un contrato laboral.
La razón de esto es que, bajo un contrato de prestación de servicios, la relación entre las partes no se considera laboral, sino que es un vínculo civil o comercial. En este tipo de contrato, el trabajador no tiene la misma cobertura que un empleado en un contrato laboral formal. Las prestaciones sociales como la cesantía, las primas de servicios, las vacaciones y las aportaciones a la seguridad social (salud, pensión y riesgos laborales) son derechos exclusivos de los trabajadores vinculados mediante un contrato de trabajo.
En el contrato de prestación de servicios, el contratista es considerado un trabajador independiente o autónomo, por lo que asume la responsabilidad de sus aportes a la seguridad social y no tiene derecho a los beneficios de un empleado bajo relación laboral. Sin embargo, sí tiene derecho a la afiliación a salud y pensión como independiente, y si se trata de un contrato de prestación de servicios de más de un mes, la entidad contratante debe efectuar los aportes a seguridad social, pero esto no incluye las prestaciones sociales típicas de un contrato laboral.¿Ustedes creen que la licencia de maternidad y paternidad debería ser igual en tiempo?
Respuesta:
Sí, considero que la licencia de maternidad y paternidad debería ser igual en tiempo, ya que ambos padres tienen un papel fundamental en el cuidado y el bienestar del recién nacido. La licencia de maternidad ha sido tradicionalmente más extensa debido a las necesidades físicas y de recuperación de la madre, pero esto no debe restar importancia a la necesidad de la paternidad activa y el apoyo que el padre debe brindar, especialmente en los primeros momentos de vida del bebé. Proporcionar un tiempo igual de licencia para ambos padres permite compartir responsabilidades y fortalecer el vínculo familiar desde el inicio.
Además, una licencia equitativa refleja un enfoque más inclusivo e igualitario, promoviendo la corresponsabilidad en el hogar y desafiando roles de género tradicionales que asignan de manera exclusiva a las mujeres el cuidado del hijo. Esto también tiene beneficios sociales y económicos, ya que fomenta una distribución más justa de las tareas domésticas y de cuidado, mejora el bienestar familiar y contribuye a la equidad en el ámbito laboral, donde ambos padres puedan mantener sus derechos laborales sin que se vea afectado el desarrollo personal o profesional de ninguno de los dos. En este sentido, una licencia de maternidad y paternidad igualitaria promueve una sociedad más equitativa y saludable para las generaciones futuras. -
Muy buenos días,
Excelente tema, nos aclara sobre como demos actuar cuando el empleador nos incumple sobre nuestro derecho y también estar más pendiente en nuestra liquidación, es muy importante tener estos conceptos, muchas gracias.
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