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Foro de participación módulo 7
Jahyr Daniel Payares Martinez replied hace 9 meses, 1 semana 27 Miembros · 49 Respuestas
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Buenos días, frente al tema tenemos que 1.¿Una convención colectiva de trabajo puede contener una cláusula que aumente el valor de las indemnizaciones por despido sin justa causa, más allá de lo establecido en el artículo 64 del CST?
Sí se puede pues el artículo fija el pago por la resolución del contrato ahora bien los derechos laborales son irrenunciables por lo cual, no se puede obviar, sin embargo no establece un límite en cuanto a los valores a cancelar toda vez que se entienden que son a favor del trabajador cesante.
2. ¿De cuánto sería la indemnización por terminación sin justa causa de un contrato a término fijo que se renovaba cada 4 enero y fue terminado 30 de julio?
La indemnización del contrato a término fijo corresponde a los emolumentos a los cuales habría tenido derecho de no haberse dado la terminación del contrato laboral sin justa causa, para el caso en comento corresponde a los 5 meses y fracción que estaban pendientes para la terminación del término estipulado-
Hola Cesar Enrique, muchas gracias por participar, muy buena respuesta.
Próximamente retroalimentaré para todos la respuesta.
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Buenas tardes
1. ¿Una convención colectiva de trabajo puede contener una cláusula que aumente el valor de las indemnizaciones por despido sin justa causa, más allá de lo establecido en el artículo 64 del CST?
Claro que si, dado que en una convención colectiva se busca beneficios colectivos al trabajador y si en una negociación de pliegos, el patrono o empleador esta de acuerdo y negocian una tabla de indemnización mas de lo establecido en el CST, es válida, por que esto seria un beneficio extralegal, pactados en común acuerdo tanto con el sindicato como representante de los trabajadores y el empleador.
2. ¿De cuánto sería la indemnización por terminación sin justa causa de un contrato a término fijo que se renovaba cada 4 enero y fue terminado 30 de julio?
Si un empleado con un contrato a término fijo es despedido sin justa causa, como indemnización se le deben pagar los salarios correspondientes a los 5 meses y 4 días , que corresponden desde el 30 julio a 4 enero del año siguiente, que fueron el tiempo que faltaron para cumplir el término de duración, sobre el salario básico, es decir, no se tienen en cuenta horas extras ni recargos de ningún tipo, ni prestaciones sociales.Gracias y saludos
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Hola Osmeris, muchas gracias por participar, muy buena respuesta.
Próximamente retroalimentaré para todos la respuesta.
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1.¿Una convención colectiva de trabajo puede contener una cláusula que aumente el valor de las indemnizaciones por despido sin justa causa, más allá de lo establecido en el artículo 64 del CST?
R/. Si, las convenciones colectivas son acuerdos que se hacen entre el trabajador y el empleador siempre y cuando estos acuerdos no vulneren los derechos adquiridos por ley y por los ya pactado en la convención, es por ello que mi respuesta es SI ya que sería un punto a favor en esta situación.
2. ¿De cuánto sería la indemnización por terminación sin justa causa de un contrato a término fijo que se renovaba cada 4 enero y fue terminado 30 de julio?
la indemnización sería el pago de los meses que faltare para el cumplimiento del contrato, en este caso se pactó a 12 meses y lo despiden al mes (7) por lo que le faltaría por pagar para la terminación de contrato cinco (5) meses de salario.-
Hola Ever, muchas gracias por participar, muy buena respuesta.
Próximamente retroalimentaré para todos la respuesta.
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1. Una convención colectiva si pueden establecer indemnizaciones más altas por despido sin justa causa debido a que los sindicatos y empleadores pueden negociar mejores condiciones para los trabajadores en convenciones colectivas, ya que es un beneficio para los trabajadores ya que están protegidos por estos acuerdos.
2. F.I 04-01-2023
F.F 04-01-2024
F.T 30-07-2023La indemnización es un dia de salario por cada dia de retardo
1.160.000 / 30 = 38.666
38.666 x 167 = 6.457.333 este seria el valor indemnización pr despido injustificado
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Hola Deyanira, muchas gracias por participar, muy buena respuesta.
Próximamente retroalimentaré para todos la respuesta.
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Aun así, compañera sumercé nos está calculando la indemnización por no pago de la liquidación del contrato de trabajo que está en el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo. La pregunta iba dirigida, es la indemnización por terminación sin justa causa del artículo 64. Compañera la invito a leer las otras respuestas de sus compañeros.
Un abrazo.
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Buenas noches compañeros
1.¿Una convención colectiva de trabajo puede contener una cláusula que aumente el valor de las indemnizaciones por despido sin justa causa, más allá de lo establecido en el artículo 64 del CST?Una convención colectiva de trabajo si puede contener una clausula que aumente el valor de la indemnización por despidos sin justa causa, siempre que la disposición sea mas favorable para el trabajador y no infrinja normas de orden público establecidas por el CST o por la legislación laboral colombiana
2. ¿De cuánto sería la indemnización por terminación sin justa causa de un contrato a término fijo que se renovaba cada 4 enero y fue terminado 30 de julio?
La indemnización seria el valor de los meses faltantes al termino del contrato mas el valor proporcional de los días.
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Buenas noches
1. ¿Una convención colectiva de trabajo puede contener una cláusula que aumente el valor de las indemnizaciones por despido sin justa causa, más allá de lo establecido en el artículo 64 del CST?
R/: Las convenciones colectivas de trabajo pueden incluir cláusulas que establezcan beneficios adicionales para los trabajadores, incluyendo un incremento en el valor de las indemnizaciones por despido sin justa causa. Esto es posible porque las convenciones colectivas son instrumentos negociados entre empleadores y trabajadores, y pueden mejorar las condiciones mínimas establecidas por la ley laboral, siempre y cuando no las contravengan ni afecten derechos fundamentales. El artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo establece la base mínima, pero las partes son libres de acordar condiciones más favorables para los empleados.2. ¿De cuánto sería la indemnización por terminación sin justa causa de un contrato a término fijo que se renovaba cada 4 enero y fue terminado 30 de julio?
R/; El contrato tenía una duración de un año (hasta el 4 de enero del siguiente año).
Al ser terminado el 30 de julio, aún faltaban aproximadamente 5 meses y 5 días para su vencimiento.
La indemnización sería equivalente a los salarios correspondientes a ese tiempo pendiente.
Si el salario mensual es conocido, el cálculo exacto sería:
(Salario mensual ÷ 30 días) × Días faltantes para el cumplimiento del contrato. -
1.¿Una convención colectiva de trabajo puede contener una cláusula que aumente el valor de las indemnizaciones por despido sin justa causa, más allá de lo establecido en el artículo 64 del CST?
RT/Sí, una convención colectiva de trabajo puede contener una cláusula que aumente el valor de las indemnizaciones por despido sin justa causa, más allá de lo establecido en el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo (CST). Esto es posible siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones, como la existencia de hechos imprevisibles que alteren las circunstancias al momento de la celebración de la convención, o una excesiva onerosidad para una de las partes la CCT de SINTARELECOL así lo contempla y lo tiene establecido2. ¿De cuánto sería la indemnización por terminación sin justa causa de un contrato a término fijo que se renovaba cada 4 enero y fue terminado 30 de julio?
RT/Para calcular la indemnización por terminación sin justa causa de un contrato a término fijo en Colombia, se deben considerar los salarios correspondientes al tiempo que faltaba para cumplir el plazo estipulado del contrato.
En tu caso, el contrato se renovaba cada 4 de enero y fue terminado el 30 de julio, lo que significa que faltaban aproximadamente 5 meses y 20 días para la próxima renovación. La indemnización se calcularía sobre el salario mensual del trabajador durante ese período1.
Por ejemplo, si el salario mensual es de \$2,000,000, la indemnización sería:
5 meses×$2,000,000+(20 dıas30)×$2,000,000=$10,000,000+$1,333,333=$11,333,333 -
Las convenciones colectivas pueden establecer condiciones mejores que la ley. Esto incluye aumentar las indemnizaciones por despido sin justa causa, superando lo que dice el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo (CST).
Conclusión:
Sí, se puede incrementar el monto de indemnización mediante una convención colectiva. -
Resumen de Indemnización por Terminación Sin Justa Causa
La indemnización por la terminación sin justa causa de un contrato a término fijo se calcula con base en el tiempo trabajado y las condiciones del contrato. Si un contrato se renovaba cada 4 de enero y fue terminado el 30 de julio, se debe tener en cuenta el período de trabajo hasta la fecha de terminación.
Puntos Clave:
1. Duración del Contrato: Identificar por cuánto tiempo estuvo vigente el contrato.
2. Cálculo de Indemnización: Generalmente, para un contrato a término fijo, la indemnización se calcula con base en el tiempo restante del contrato.
3. Normativa Laboral: Se deben considerar las leyes laborales del país, ya que esto puede afectar el monto final de la indemnización.Conclusión:
Para determinar la indemnización exacta, se necesita conocer la duración original del contrato y las leyes aplicables, pero se puede calcular basándose en el tiempo de servicio hasta la fecha de finalización del contrato.
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