• Ingrid Genith Sierra Ramos

    Miembro
    febrero 25, 2024 at 11:35 am

    Buenas tardes compañeros y tutora

    He escogido el Impactos en materia laboral.

    La Jagua de Ibirico es un caso típico de cómo afecta la salida de una multinacional carbonífera a un territorio sin un plan de transición concertado con los trabajadores. La historia productiva de este municipio antes de la llegada de las grandes minas, se caracterizó por ser agrícola, destacándose por su alta producción de arroz, llegando a ser conocido como el centro arrocero de la región. Sin embargo, hoy el carbón representa el 67 por ciento de su Producto Interno Bruto (PIB), es por eso, que el cierre de operaciones de Prodeco ha traído un impacto directo en la economía de la región donde se han violado derechos fundamentales debido a los despidos masivos de trabajadores sin importar si están enfermos o cuentan con fuero sindical. Esta situación ha dejado en el limbo a los mineros. Tal y como lo señala Gustavo Benjumea, secretario de salud de la seccional La Jagua de Sintramienergética, las acciones que ha tomado la empresa han causado daños irreparables en la clase trabajadora del Cesar:

    “Durante el mes de febrero en la mina de Calenturitas, PLJ y Prodeco despidieron a más de 60 trabajadores enfermos. El 80% venía con proceso de patologías, con y sin calificación. Despedían a la cantidad que le permitía la ley por mes. Existen además presiones para que los trabajadores acepten los retiros voluntarios. Creemos que violaron la ley por el fuero y que los compañeros pueden ser reintegrados, no obstante, el daño está hecho”

    El derecho al fuero sindical y de estabilidad laboral reforzada es una garantía de la cual gozan algunos trabajadores para no ser despedidos. En este sentido, mientras que el fuero sindical ampara a algunos de los miembros del sindicato y el proceso de levantamiento del mismo es llevado ante un juez ordinario laboral, el proceso por estabilidad laboral reforzada es la protección constitucional que garantiza el derecho a trabajar de personas con afectaciones a su salud, prohibiendo que sean despedidos sin justa causa y en caso de su levantamiento deberá adelantarse un proceso a través del Ministerio del Trabajo.

    Es el caso de un trabajador miembro de Sintraindumes, quien prefirió mantenerse en el anonimato por miedo a las represalias que puede tomar la empresa en contra suya, planteó:

    “Trabaje en la empresa Consorcio Minero Unido Seis años y Siete meses, me desempeñaba como operador de camión, en el 23 de agosto, fuimos convocados a una votación por el pliego de peticiones. La empresa nos llamó a nosotros a un PRV, pero únicamente nos dieron unos segundos para decidir, como un acoso. Yo no tenía mi celular en el momento en ese momento, entonces a mí me llegó la carta de despido, sin justa causa. Tengo conocimiento que fuimos 42 trabajadores despedidos el 23 de agosto. Ellos ahora nos demandaron al sindicato, lo quieren deshacer. A mí esto me ha impactado mucho psicológicamente, tenía proyectos de vida… Yo tengo varias patologías, si voy a buscar trabajo por estas enfermedades ya no me dan trabajo”

    Ante los procesos de levantamiento de fuero sindical que adelanta Prodeco, Diana Herrera, abogada del Consultorio Laboral Minero, asegura que pese a que el juez acepte dicho levantamiento, existe la posibilidad de interponer un recurso de apelación y así el proceso iría al Tribunal, mientras tanto el trabajador no será despedido. Este recurso está amparado por el artículo 140 del Código sustantivo de Trabajo, en el cual se afirma que “durante la vigencia del contrato el trabajador tiene derecho a percibir el salario aun cuando no haya prestación del servicio por disposición o culpa del empleador”.

    Según los trabajadores, Prodeco está intentando moverse del artículo 140 al 51 y esto tendría como consecuencia que los trabajadores solo reciban el pago de seguridad social, teniendo que renunciar a un salario tras el cierre de operaciones. De esta manera lo advierte Luis Fernando Ramirez de Sintramienergética:

    “Hay una póliza de responsabilidad económica frente a la nómina y pago de los trabajadores hasta el 2023, si existe ese tipo de póliza no entendemos por qué la empresa no da la posibilidad de la apertura de otros espacios de operación minera. La aseguradora internacional protege todos los derechos de los trabajadores. La empresa planea estar bajo el artículo 140 hasta esa fecha y posiblemente después quiera dar un salto al 51, le hemos advertido a los funcionarios del gobierno sobre el peligro de que esto suceda, implica que los trabajadores únicamente reciban el pago de la seguridad social. Es por eso que queremos acercarnos a la OIT, porque acá en Colombia la justicia laboral no nos brinda garantías”

    Las últimas acciones del grupo Prodeco filial de la multinacional Glencore han creado un panorama de inestabilidad e incertidumbre para los trabajadores y la comunidad del Cesar al renunciar a los títulos mineros quince años antes de lo estipulado sin garantizar los derechos a sus trabajadores y sin reparar los daños ambientales generados por la actividad extractiva en el departamento. Por tal motivo, resulta urgente que el gobierno colombiano lidere un diálogo tripartito para un plan de transición donde no solo se garantice el cumplimiento de los derechos laborales y fundamentales sino también el futuro productivo y sostenible de la región.

    El personal se contrata a través de la agencia Manpower. La estabilidad laboral y el derecho al trabajo decente se debilitan, y los salarios se ven afectados porque no se aplican las prestaciones sociales convencionales.

    La libertad de sindicación está en peligro, ya que estos trabajadores/as no pueden sindicalizarse. Si se afilia a un sindicato, no se renueva su contrato a corto plazo.

    ¿Qué pasará con los trabajadores y con la economía del departamento, donde la contribución del carbón representa alrededor del 44 % del PIB del Cesar? En ese departamento, además, el índice de necesidades básicas insatisfechas es superior al 20 %

    Apoyar a los trabajadores, a sus familias y a la comunidad en general, afectados por los cierres o el declive de la producción. Brindar asistencia para encontrar nuevas oportunidades de subsistencia. Cuando no sea posible la reinserción profesional, asegurar la disponibilidad de protección social suficiente. Los impactos económicos, sociales y personales de la transición no deberían agravar la vulnerabilidad de las personas más marginadas o débiles.

    La coyuntura actual representa una oportunidad importante para que el gobierno nacional y los gobiernos locales diseñen estrategias para un futuro más próspero y sostenible en los departamentos productores de carbón. En este contexto, es indispensable que los diferentes actores reconozcan la entrada de la minería de carbón en su declive estructural e implementen planes y estrategias para hacer la transición lo menos traumática posible.

    La transición no debe poner en peligro los derechos básicos de los trabajadores, ni amenazar los derechos humanos en el sentido más amplio.