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Foro de participación módulo 1
john paulo eraso ipiales replied hace 9 meses, 3 semanas 44 Miembros · 56 Respuestas
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Cordial Saludo, Soy Arelis Fernández Rueda, pertenezco al Sindicato Sintraelecol Magdalena trabajo para la empresa Air-e, hago parte de la Junta Directiva perteneciente a la Secretaría de Educación.
En la Constitución Política de Colombia en su Artículo 53 del derecho laboral contempla los siguientes principios como la estabilidad laboral, la libertad de trabajo. el equilibrio social, la igualdad de oportunidades para los trabajadores,la remuneración mínima vital y móvil, estabilidad del empleo, la irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales, estabilidad en el empleo, garantía de la seguridad social y primacía de la realidad sobre las formalidades, estos principios hacen parte del ADN de la disciplina jurídica y garantías claves que permiten resolver inconvenientes en materia laboral.
Lo estipulado en el Artículo 14 del Código Sustantivo de Trabajo, han determinado el desarrollo de la jurisprudencia en Colombia, ha permitido que los trabajadores con un contrato laboral No puede Renunciar a los siguientes derechos los cuales son de carácter de orden público de Irrenunciabilidad como a la jornada de trabajo establecida, salario mínimo, prestaciones sociales, vacaciones y Dotación.
Américo Pla Rodríguez enseñó la importancia de acuñar principios para el derecho laboral, familiarizando los términos protector, irrenunciabilidad, continuidad, primacía de la realidad, razonabilidad, buena fe, igualdad, no discriminación y ajenidad de los riesgos, no obstante, tales cláusulas en el contexto del siglo XX fueron apreciadas como reglas hermenéuticas en pos de la identidad de la disciplina laboral. (PDF PRINCIPIOS DEL TRABAJO Y LA SEGURIDAD SOCIAL EN COLOMBIA página 2) Puedo indicar que los principios constitucionales de derecho puede hacer parte de la jurisprudencia o de diferentes órganos judiciales, cumplen con funciones supletorias aplicable cuando la ley deja vacíos o cuando no existe jurisprudencia al respecto y fuente interpretadora aplicable cuanto existe normas confusas o existan diversas interpretaciones legalmente, tiene un dinamismo constante, no se limita solo a lo laboral sino también a un sentido social y con una expiación continua ha ampliado su enfoque con el paso del tiempo y asimismo su regulación, tiene su autonomía normativa la cual es esencial para garantizar la protección y regulación integral de las relaciones laborales en un entorno más complejo. -
Buenas noches compañera Arelyz,
me encanta tu conclusion.. Underecho es algo que nadie te debe quitar, Asi es, totalmente cierto. -
Muy buenos días a todos y a todas, es un placer estar de nuevo en este escenario para compartir vivencias y aprendizajes en el derecho laboral y asi fortalecer nuestras herramientas de defensa en abusos de empleadores que sobrepasen los derechos de los trabajadores.
Respecto a la pregunta sobre si se está violando algún principio en caso del empleador que obliga a sus trabajadores a tomar las vacaciones del 2024 enel 2023 sin haberlas causado, pienso que sí se está vulnerando el principio de irrenunciabilidad y el principio de favorabilidad ya que se podría configurar una renuncia anticipada al derecho que tiene el trabajador de tomar las vaciones en el periodo que corresponda a su elección y voluntad. Si bien las disfruta no las realiza en el tiempo más favorable para él, sino es el empleador el que las acomoda al beneficio de la empresa.
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Compañeros un cordial saludo.
Me llamo Jairo Calderón viasus y mi rol dentro de la organización sindical sintraelecol Boyacá, soy representante del comité de relaciones laborales, en este caso para mi y mi organización sindical es importante aprender y analizar los temas que se tratarán en los diferentes módulos, de estás lecciones aprendidas se llevan al campo que corresponda según sea necesario, sigo atento a sus comentarios y sugerencias en pro de un aprendizaje más profundo.
Gracias -
Buenas noches
Tengo entendido que el empleador puede solicitar las vacaciones a sus colaboradores dentro del mismo año, así no hayan cumplido el tiempo, por unos días o los 15 días pagando completo el tiempo.
De otra parte estaría incurriendo en una falta grave que puede ser sancionado por no cumplir con los requisitos establecidos en la ley, “pero si puede llegar a un acuerdo con el trabajador sin que le afecte su salario y/o otras actividades que el tuviese.
Cordial saludo -
Buenas noches
Espero que con mis anteriores apreciaciones haya contribuido con un espacio en el debate y aportado algo positivo, quedó atento a cualquier inquietud o sugerencia para mejorar nuestros conocimientos.
Gracias -
Hola Dra. Yenifer, un saludo fraternal a usted y todos los compañeros presentes en este curso. Mi nombre es EDUIN ALBERTO BARRETO JARABA trabajo actualmente en AFINIA miembro de la base de SINTRAELECOL SUCRE y que bien es compartir y recibir de su parte todo el conocimiento en el ámbito del derecho laboral, un poco tarde pero con la disposición de aprender y si es posible, replicar esta experiencia con quienes comparto a diario en la empresa donde laboro.
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Cordial saludo. Me presento mi nombre es John Paulo Eraso, Trabajo en Centrales Eléctricas de Nariño, mi rol en la empresa es instalador lector, en respuesta a la pregunta hecha por la tutora. Con respecto a los principios en materia laboral y la aplicabilidad. Les puedo comentar que, Los principios son fundamentales para las relaciones entre empleadores y trabajadores. Y en esos principios, La igualdad de oportunidades en empleo, la libertad sindical. El sindicato existe en la empresa, el sindicato ha realizado, la denuncia de la Convención colectiva de trabajo. Conflictos que han finalizado conciliando lo propuesto. Con esto quiero decir. Que el empleador. respeta estos principios y entiende que son fundamentales para garantizar un entorno laboral justo, equitativo y seguro.
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Buenos dias.
Mi nombre es Elizabeth Arteaga Yela, trabajo en la Empresa de Energía del Putumayo y soy miembro sindical desde hace aproximadamente 14 años, es importante para mi llenarme de conocimientos sobre todos los derechos que tenemos los trabajadores, puesto que se mira en caso mi empresa de la violación de algunos derechos como sindicalizados en especial en lo que respecta a vacaciones que no se pagan apartemente a quienes salen a disfrutarlas y por tanto considero que se desmotiva al trabajador y afecta su integridad puesto que es un recurso para un disfrute descanso del cual de esta manera no se puede tomar provecho. -
Mi nombre Oscar Gamboa trabajo para tgi , en función ayudante mecánico, estoy afiliado a sintraelecol subdirectiva nordeste y soy el secretario de comunicación
Actualmente contamos con convención colectiva de trabajo y esto nos ha servido porque tenemos cosas adicionales con respecto a la ley. -
Buenos días compañeros.
Conocer nuestros derechos en el ámbito laboral es importante por las siguientes razones.
Sabremos cuales son las obligaciones que tienen los empresarios cuando contratan un trabajador, no seremos discriminados ni obligados a realizar labores que pongan en riesgo nuestra integridad sin antes ser participes de capacitaciones y entrenamiento necesario en normas de seguridad y uso de elementos de protección, mejoraremos nuestras condiciones y las de los demás compañeros y evitaremos el abuso de parte de quienes administran o dirigen las empresas. -
mi nombre.Fernando Castaño Galvis. dirigente sindical. (Directivo)
independientemente del cargo que se ostente en la empresa, todos tenemos el miso roll como trabajdor. Vendemos nuestra fuerza de trabajo y por ello se nos reconoce como trabajadores. hay que dejar muy claro que hoy en día, en las empresas, nos han querido cambiar nuestro roll de trabajador por el roll de Colaborador. considero que no debemos permitir que nos determinen como tal, pues al aceptarlo, estamo dando pié a que nuestra dignidad sea mancillada. un colaborador, no cobra un sueldo por las actividades que desarrolla. el trabaajdor si, máxime que al hacerlo, con ello se esta dignificando no solo al trabajador, sino a su familia, tambien. -
Buenas tardes,
Mi nombre es Yulieth Castaño, soy economista y actualmente laboro en Cens. Es la segunda oportunidad que tengo de participar en un curso en alianza Redal-Sintraelecol así que tengo muchas expectativas de seguir aprendiendo y formándome en derecho laboral. -
Un cordial saludo, mi nombre es Alexander Delgado Bautista, soy empleado ESSA EPM, Actualmente me encuentro como afiliado a la subdirectiva Sintraelecol Bucaramanga.
Dentro de las posibilidades que tenemos actualmente como empleados y directamente con el conocimiento que podemos adquirir en este curso, se hace necesario desde mi rol como empleado conocer al detalle los aspectos que rigen en el ámbito laboral y su relación directa con el empleador. Saber y conocer las herramientas y la legislacion que rige los contratos laborales y los derechos que tenemos ante cualquier vulnerabilidad de nuestros derechos como empleados, tambien conocer las distintas herramientas que nos sirven para defendernos de los incumplimientos de lo establecido en la ley y legislación vigente. -
Cordial saludo. Me presento mi nombre es John Paulo Eraso, Trabajo en Centrales Eléctricas de Nariño, mi rol en la empresa es instalador lector, en respuesta a la pregunta hecha por la tutora. Con respecto a los principios en materia laboral y la aplicabilidad. Les puedo comentar que, Los principios son fundamentales para las relaciones entre empleadores y trabajadores. Y en esos principios, La igualdad de oportunidades en empleo, la libertad sindical. El sindicato existe en la empresa, el sindicato ha realizado, la denuncia de la Convención colectiva de trabajo. Conflictos que han finalizado conciliando lo propuesto. Con esto quiero decir. Que el empleador. respeta estos principios y entiende que son fundamentales para garantizar un entorno laboral justo, equitativo y seguro.
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