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Foro de participación módulo 4
María Celmira Vargas Caro replied hace 1 año, 1 mes 53 Miembros · 70 Respuestas
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Buena noche.
de acuerdo a la lección aprendida en el modulo 4 a Luisa le están vulnerando su derecho a recibir su salario completo ya que lo estipulado al pago en especie, este no puede superar el 30% del salario recibido.
el paso a seguir es interponer un derecho de petición a su empleador para que le ajusten su salario conforme lo dicta el art 129 numeral 3 del cst.
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Buen día,
A continuación, remito respuestas al problema planteado: ¿El pago que le están realizando a Luisa es legal? justifique su respuesta y cuéntenos cuáles son las acciones que usted adelantaría al respecto.
El empleador está vulnerando los derechos de Luisa como trabajadora, debido a que le está cancelando menos del salario permitido por Ley (solo es permitido que el pago en especie sea cómo máximo del 30% del salario), es decir, no puede superar los $263.341.
Con respecto a las acciones que Luisa debería adelantar son:
- Radicar un requerimiento (derecho de petición) ante el empleador solicitando explicación de los descuentos que le están realizando y que le paguen lo pactado y permitido legalmente.
- Interponer una queja ante el Ministerio de Trabajo para solicitar intervención al empleador para que emita respuesta al derecho de petición y pague a Luisa los valores que están pendientes de abonar por parte del empleador.
Gracias!!
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SALUDO:
Respecto de mi participación en este MODULO 4 y sobre el CASO presentado analizo e informo:
TRABAJADORA DOMESTICA: LUISA
SMLMV en el 2020 Es de: 877.803 pesos, salario pactado Para LUISA.
HORARIO DE TRABAJO: lunes a sábado e 8am a 5pm es decir 9 horas diarias. es decir 54 horas a la semana.
MODALIDAD DE PAGO: EN EFECTIVO la suma de 377.803 pesos Y EN ESPECIE el valor de 500.000 pesos.
Responda:
¿El pago que le están realizando a Luisa es legal? justifique su respuesta y cuéntenos cuáles son las acciones que usted adelantaría al respecto.
Sobre el PAGO que le están realizando a LUISA NO está de acuerdo con la normatividad colombiana, se está violando la Norma y la jurisprudencia, en especial lo que dice el código Sustantivo del Trabajo en su artículo 129 NUMERAL 3. El Salario en especie otorgado a LUISA equivalente A 500.000 pesos, es decir este valor dado a LUISA, supera al 30 % de salario indicado en este literal del CST. Por tanto, el pago otorgado a LUISA es ILEGAL.
¿cuáles son las acciones que usted adelantaría al respecto?
Por el momento LUISA se debe interponer un DERECHO DE PETICION por EL PAGO INDEBIDO de salario en ESPECIE a los PATRONES DE LUISA, invocando que están vulnerando el derecho AL PAGO EN EFECTIVO al salario PACTADO par este caso. ya que el salario en especie que no debe superar el 30% es decir la cantidad en especie su equivalente de 263.340.9 pesos.
Si CONTINUAN y no se corrige la forma de PAGO a LUISA, debe ELEVAR UNA QUEJA ANTE LA OFICINA DE TRABAJO del lugar mas cercano a donde labora LUISA. Para que los patrones corrijan la forma de PAGO a LUISA.
Si no hacen caso y no se corrige la forma de PAGO a LUISA, ella PUEDE interponer una TETELA ante el JUEZ LABORAL por el NO PAGO de salario en ESPECIE Como lo indica la norma Citada del código sustantivo del trabajo colombiano. Afectando a LUISA su mínimo vital.
Muchas gracias.
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Ejercicio: Luisa es una trabajadora del servicio doméstico, ella fue contratada el 1 de enero del 2020 para trabajar en una casa de familia:
El horario de trabajo es de lunes a sábado en el horario de 8:00 am a 5:00 pm
El salario pactado fue de $877.803
Le pagan $377.803 en dinero y $500.000 en especie.
Responda:
¿El pago que le están realizando a Luisa es legal? justifique su respuesta y cuéntenos cuáles son las acciones que usted adelantaría al respecto.
El pago realizado a Luisa aunque fue el pactado u acordado por las partes, no es el legal permitido debido a que cabe recordar que el empleador no puede obligar a Luisa a renunciar a su derecho de percibir su salario completo o que el mismo sea por debajo de lo estipulado por la Ley, ni mucho menos renunciar parcial o totalmente a este derecho que es la contraprestación de su servicio ejecutado de lunes a sábado de 8 am a 5 p.m.
Ahora bien, como el empleador realizo un pago en especie superior al permitido por ley. Luisa deberá interponer un Derecho de Petición en el cual solicite las razones de dicho descuento y el porcentaje que corresponde a lo dejado de percibir. En caso de obtener una negativa debe acudir a un juez laboral para la respectiva devolución o ante un juez constitucional si con el descuento se afecto un derecho vital.
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El salario de Luisa no se encuentra acordé a lo definido en no la legislación colombiana, puesto que el salario en especie excede el 30% de sus ingresos. Para este caso debe solicitar al empleador el reconocimiento de sus ingresos a través de un derecho de petición y de no ser atendido, puede acudir al Ministerio de Trabajo.
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Respecto al ejercicio
Manifiesto que el pago que le están realizando a Luisa no es legal, pues está contrario a la ley, ya que el pago en especie está superando el porcentaje equivalente al 30% que establece la norma.
En cuanto a las acciones a adelantar, Luisa deberá solicitar a su empleador a modo de petición la justificación de esos pagos y que se le cancele conforme a la ley, por otra parte si esto no es resuelto positivamente, la trabajadora deberá acudir a las instancias judiciales y radicar demanda en contra de su empleador para que se garanticen sus derechos al minino vital y un pago ajustado a los parámetros del ordenamiento legal
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Responda:
¿El pago que le están realizando a Luisa es legal? Justifique su respuesta y cuéntenos cuales son las acciones que usted adelantaría al respecto.
Pienso que no es justo pues lo que le están pagando en especie excede el 30% propuesto por la ley.
Acciones: Interponer DP al empleador para que cancele como se debe, sino accede a este, instauraría una Acción de Tutela frente el Ministerio de Trabajo.
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Buena noche<div>
El salario que recibe Luisa no está deacuerdo a lo que indica la Ley ya que le están pagando más del 30% del ingreso en especie siendo este el porcentaje máximo permitido, Luisa debe realizar un derecho de peticion solicitando a su empleador que le paguen su salario como lo indica la ley en caso de no recibir respuesta dirigirse al ministerio de trabajo para buscar una solución.
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Buenas noches,
Me permito compartir mi respuesta:
El pago que le están haciendo a Luisa, no es legal, dado que el salario que le pagan en especie supera el 30% del salario mínimo legal mensual vigente para el 2020 conforme fue aclarado por el Doctor Jose Wilmar, en ese sentido lo que inicialmente se aconsejaría hacer a Luisa seria interponer un derecho de petición al empleador, del cual se pueden desprender dos escenarios:
El primer escenario: que no sea contestado dentro del termino de ley, para lo cual se podría acudir a la acción de tutela, solicitando la contestación al mismo.
El segundo escenario: que sea resuelto desfavorablemente, para lo cual Luisa puede acudir al Ministerio de Trabajo para solicitar le sea reconocido los pagos dejados de percibir o también acudir ante el Juez Laboral para demandar la situación
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Buenas noches,
De acuerdo al ejercicio planteado pienso que lo que le estan haciendo a Luisa, es ilegal, dado que el salario en especie no puede exceder el 30% del salario y a Luisa le supera este porcentaje establecido por la ley.Pienso que Luisa puede interponer un derecho de petición para que se le cancele lo establecido por la Ley.
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A Luisa le están vulnerando el derecho a recibir un salario justo, toda vez que lo que le aportan en especie, excede el 30% permitido por ley. En el debido proceso de reclamación de sus derechos, le cobija el derecho a presentar derecho de petición ante la autoridad competente a fin de que se le aplique la ley. De no obtener respuesta favorable mediante ésta acción jurídica, deberá interponer demanda ante el Ministerio de Trabajo
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Pregunta:
El horario de trabajo es de lunes a sábado en el horario de 8:00 am a 5:00 pm
El salario pactado fue de $877.803
Le pagan $377.803 en dinero y $500.000 en especie.
“¿El pago que le están realizando a Luisa es legal? justifique su respuesta y cuéntenos cuáles son las acciones que usted adelantaría al respecto.
Respuesta:
El nuevo salario mínimo legal mensual será de COP $877.803 AÑO 2020, así las cosas, presento el siguiente análisis:
El pago realizado a Luisa no es legal dado que va en contra del articulo 16 de la ley 50 de 1990 que modifica el articulo 129 de CST quedado así:
ARTÍCULO 129. Salario en especie: 1Constituye salario en especie toda aquella parte de la remuneración ordinaria y permanente que reciba el trabajador como contraprestación directa del servicio, tales como la alimentación, habitación o vestuario que el empleador suministra al trabajador o a su familia,…. 3. No obstante, cuando un trabajador devengue el salario mínimo legal, el valor por concepto de salario en especie no podrá exceder del treinta por ciento (30%).
Entonces si a luisa le pagan $877,803 el salario en especies es el 30% del valor del salario pactado, o sea la suma de $263.340,90 y en Dinero $614.462,10.
Las acciones que le propongo a Luisa es denunciar al empleador ante el ministerio de trabajo donde se allegan las pruebas, como el contrato, registrando los artículos del CTS que esta violando el empleador, como el Articulo 129 del CST, como anote anteriormente,el porcentaje del 30% de salario en especies. Otra Articulo Violado es el Articulo 161 del CST Donde se establece que la jornada laboral es de 8 horas diarias y 48 semanales , donde Luisa esta Trabajando 54 horas semanales y por consiguiente le adeudan 6 horas extras diurna por semana, que al mes resulta 24 horas extras diurnas.
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LUISA – trabajadora del servicio domestico
Contratada: 1 de enero de 2020
Horario: lunes – sábado 8:00 am a 5:00 pm
Salario pactado: $ 877.803
Le pagaban:
Dinero $ 377.803
Especie $ 500.000
¿El pago a Luisa es legal?
Justificación Respuesta
Respuesta: El pago que le están realizando a Luisa como trabajadora del servicio doméstico no es legal, ya que el porcentaje (%) máximo de salario no puede pasarse del 30% regulado en el art. 129 numeral 3 del CST, vulnerando los derechos laborales pagándoles menos de lo permitido legalmente.
¿Cuáles son las acciones que usted adelantaría al respecto?
Por lo tanto, se debería realizar un derecho de petición
exigiendo al trabajador su pago correcto y se ponga al día con los pagos
suspendidos. En el caso que el trabajador se niegue a dicha petición del
empleado, se deberá recurrir al Ministerio de trabajo presentando la queja e
iniciar una demanda ante un juez laboral para solicitar los pagos pendientes y
exigidos al trabajador -
En el ejercicio dado, observamos que Luisa recibe un salario de $877.403 (correspondiente al Salario Mínimo Legal Vigente de 2020). El empleador le paga $500.000 en especie y el resto en efectivo. Sin embargo, según lo mencionado, los $500.000 exceden el límite del 30% establecido en el artículo 129, numeral 3 del Código Sustantivo del Trabajo (CST). Por lo tanto, el empleador está vulnerando los derechos de Luisa al pagarle menos de lo permitido por la ley.
Luisa está siendo perjudicada por su empleador al recibir un salario inferior al establecido por la ley. Para abordar esta situación, Luisa puede seguir estos pasos:
- Derecho de petición: Luisa debe presentar un derecho de petición al empleador, solicitando que se le pague correctamente y se le compense por los salarios no recibidos en el pasado.
- Queja ante el Ministerio de Trabajo: Si el empleador no responde favorablemente, Luisa puede presentar una queja ante el Ministerio de Trabajo.
- Demanda ante un Juez Laboral: Si todas las gestiones anteriores no dan resultado, Luisa puede iniciar una demanda legal para reclamar los pagos adeudados.
Muchas gracias
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Buen día.
El artículo 129 del Código Sustantivo del Trabajo de Colombia establece que el pago en especie no puede superar el 30% del salario total del trabajador. El pago que se le está realizando a Luisa en efecto no es legal porque el salario en especie excede el 30% del salario total permitido por la ley.
En este caso Luisa debería recibir un ajuste en su salario para que el componente en especie no supere el 30%. De no hacerlo voluntariamente el empleador, Luisa debe presentar un derecho de petición ante su empleador, pero, si no recibe respuesta o no se da el ajuste correspondiente, deberá continuar con una acción de tutela.
Así mismo, puede dar a conocer su caso ante Ministerio del Trabajo para garantizar el cumplimiento de sus derechos laborales.
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