• Fabio Rodriguez

    Member
    noviembre 17, 2023 at 11:23 am

    Buenos días existen varios mecanismos de protección depende de la organización de jurisdicción de trabajo constitucional ,ordinaria administrativo.

    como mecanismo la acción de tuleta art 86 acción popular artículo 88 pero nosotros como sindicato la más usada es la del derecho de petición art 23 , para solicitar el reconocimiento del derecho a la asociación y a la formación de un sindicato pues este nos genera garantías como que sea resuelto en forma oportuna que la respuesta sea clara. De manera personal el mecanismo de protección que más se ajusta a nuestra realidad como sindicato ha sido el diálogo social en la mayorías de problemas que han pasado con la empresa se han solucionado atraves del diálogo nos ha funcionado así.

    Y las fallas no sé si me equivoque pero creo que siempre van a estar las políticas internas de trabajo por encima de las políticas nacionales y más si son empresas multinacionales siempre van encaminados a derechos colectivos y no individuales creo que en nuestra empresa nunca a venido un funcionario de trabajo hacer una investigación o control .

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