• Jorge Hernan Sabogal Orozco

    Miembro
    noviembre 19, 2023 at 7:32 pm

    Como organización sindical se han puesto demandas laborales y querellas cuando se formó la seccional de Tocancipá, por violacion al derecho de asociacion sindical y por haber retirado beneficios a los trabajadores sindicalizado, esto llegó a la fiscalia por las malas acciones de algunos funcionarios de la empresa que coaccionaban a los trabajadores a no formar parte de sindicato. Proseso qué se concilio con la empresa por errores de los anteriores directivos de la empresa, directivos qué ya no están en la empresa.

    En lo personal durante el tiempo que estube como representante de la comisión de reclamos lo que más aplique fue el CST, La Constitución política en el artículo 29 y la más importante la sentencia C-593 del 2014 haciendo cumplir las 9 etapas y 7 momentos de un proceso disciplinario. Logrando defender trabajadores qué ivan a ser despedidos..

    En cuanto a los inspectores de trabajo en nuestro país, las fallas son de todo tipo, si miramos la ley 1610 de 2013 no cumplen las 5 funciones qué allí mensiona.

    1 función preventiva, 2 funciones de policía administrativa, 3 función consiliadora antes de llegar a juzgados, 4 función de mejoramiento de la normatibidad laboral y 5. Función de acompañamiento. Su labor es desconocida y la mayoría de los trabajadores no saben que existen..

    Otro problema es la falta de meritocraciacia al cargo. La mayoría son puestos políticos otorgados por el el alcalde o gobernador. Por tanto son personas ineficazes….

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