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A lo largo de los años en mi caso, el mecanismo más utilizado ha sido del artículo 86 Acción de tutela, debido a que generalmente cuando incursionamos en la actividad Sindical las empresas siempre nos atacan y vulneran los derechos, por ejemplo el derecho de asociación plasmado en nuestra constitución política, se ha utilizado este mecanismo para hacer el reintegro de trabajadores, en alguna ocasión nos funcionó, las empresas son muy hábiles, poseen los recursos para atacarnos cuando se forma el sindicato, también por el derecho a la igualdad debido a que habían beneficios diferentes para sindicalizados y no sindicalizados , pero también constantemente utilizamos el derecho de Petición para solicitar alguna información, ya sea para temas de salud, estudio puestos de trabajo, demora en pago de indemnización entre otros.
Creo que el ministerio de trabajo no ha sido efectivo debido a la cantidad de diligencias en su despacho, la oficina de Tocancipa alberga una amplia zona industrial y sirve para varios municipios cercanos. Aunque ha venido mejorando este despacho por la incursión de tecnología en sus plataformas para hacer más ágil la descarga o subida de documentación y el archivo por ser digital creo que tiene una forma más rápida de búsqueda para cualquier eventualidad y con su respectivo radicado