• Fabio Rodríguez

    Miembro
    marzo 19, 2024 at 4:51 am

    buenos días yo elegí la de fuero de prepensionados estos gozan de la protección reforzada cuando les faltan 3 años para reunir los requisitos de edad y tiempo de servicio o semanas de cotización para obtener la pensión de vejez la prepension protege a los trabajadores y trabajadoras a acceder al derecho de pensión por ello ampara la estabilidad en el cargo para consolidar los requisitos para poder pensionarse, entiendo que este fuero se activa cuando el beneficiario acredita el mínimo de 1150 semanas en cambio cuando uno de los requisitos es la faltante de edad no se activa pues este requisito se cumplirá eventualmente.

    con relación a la sentencia T-445 de 2014 esta manifiesta que la junta de invalidez no es la única vía para acreditar esta, se puede hacer con las historias clínicas, exámenes médicos, restricciones médicas, por eso es necesario guardar toda su historia médica para poder demostrar que su estado de salud obstruye sus funciones laborales de manera parcial o total