• Luis Eduardo Rodríguez Salazar

    Miembro
    junio 25, 2024 at 4:22 pm

    Cordial saludo,

    Dando respuesta al caso, juan tiene derecho a las siguientes prestaciones sociales:

    1. Prima de servicios, equivalente a un salario mensual, del cual, quince días se deben pagar por tardar el
    último día del mes de junio y los restantes quince días en los primeros
    20 días del mes de diciembre.

    2. Cesantías, un salario mensual por cada año de trabajo o proporcionalmente a la
    fracción de año trabajado por concepto de auxilio de cesantías.

    Deben ser consignadas en el Fondo de Cesantías al cual el empleado esté
    afiliado, la empresa tiene plazo hasta el 14 de febrero para
    consignarlas.

    3. Intereses de las Cesantías, acumuladas a 31 de diciembre de cada año, a una tasa del 12% anual, y en
    proporción con el tiempo que se lleve laborando si este es menor a un
    año.

    4. Dotación, la cual deberá ser entregada a Juan cada 4 meses, el 30 de abril, el 31 de agosto y el 20 de
    diciembre.

    5 vacaciones, por cada año de servicio tiene derecho a 15 días hábiles de descanso remunerado: $1.300.000/2= $650.000.

    • Jose Wilmar Matamoros Fonseca

      Miembro
      junio 25, 2024 at 4:54 pm

      Estimado Luis cordial saludo:

      Conforme la consulta realizada por Juan en cuanto a que tiene derecho como contraprestación del contrato de trabajo firmado con la compañía PALITOS SAS, le brindamos la siguiente respuesta:

      Tiene derecho al pago de las prestaciones sociales, las cuales son:

      · Cesantías

      · Intereses a las cesantías

      · Prima de servicios

      · Vacaciones

      · Dotación (teniendo en cuanto que su salario es inferior a 2 SMLV)

      · Afiliación a la caja de compensación familiar.

      En cuanto a los valores a recibir y los periodos en los que le deben realizar los pagos, las fórmulas expuestas por usted son acordes teniendo en cuenta que tomó como base que Juan llevaba un año laborando, la idea del ejercicio era también que ustedes libremente propusieran el tiempo laborado, con el fin que se aplicaran las fórmulas con diferentes periodos.

      Le sugiero que no solo exponga las formulas a aplicar en cada prestación, sino que las desarrolle e indique exactamente que valor es el que debe recibir como pago Juan.

  • Diana Paola Roldán Romero

    Miembro
    junio 25, 2024 at 4:26 pm

    De acuerdo con el ejercicio en donde Juan pregunta por: a qué tiene derecho, cada cuanto, en qué fechas le pagarían las prestaciones sociales, sus vacaciones y a cuanto equivale en dinero teniendo en cuenta que su salario mensual es de $1.300.000 (SMLV 2024).

    Tiene derecho a: Vacaciones, Dotación, Cesantías, Prima de servicios, Afiliación a caja de compensación e Intereses de cesantías

    Formulas:

    Cesantías: (Días laborados * $1.462.000) /360

    Intereses de las cesantías: Corresponden al 1% mensual o al 12% anual y se debe pagar en a más tardar el 30 de enero.

    Prima de Servicios: prestación social de 15 días de salario por cada semestre laborado, la mitad máximo el 30 de junio y la otra los primeros 20 días de diciembre Ley 1788 de 2016.

    Dotación: pago en especie que se debe hacer cada 4 meses, vestuario adecuado para la realización del trabajo 30 de abril, 31 de agosto y 31 de diciembre.

    Subsidio familiar: lo asume la Caja de compensación, en efectivo o en especie

    Licencia de paternidad: 8 días de descanso.

    • Jose Wilmar Matamoros Fonseca

      Miembro
      junio 25, 2024 at 4:55 pm

      Estimada Diana cordial saludo:

      Conforme la consulta realizada por Juan en cuanto a que tiene derecho como contraprestación del contrato de trabajo firmado con la compañía PALITOS SAS, le brindamos la siguiente respuesta:

      Tiene derecho al pago de las prestaciones sociales, las cuales son:

      · Cesantías

      · Intereses a las cesantías

      · Prima de servicios

      · Vacaciones

      · Dotación (teniendo en cuanto que su salario es inferior a 2 SMLV)

      · Afiliación a la caja de compensación familiar.

      En cuanto a los valores a recibir y los periodos en los que le deben realizar los pagos, las fórmulas expuestas por usted son acordes teniendo en cuenta que tomó como base que Juan llevaba un año laborando, la idea del ejercicio era también que ustedes libremente propusieran el tiempo laborado, con el fin que se aplicaran las fórmulas con diferentes periodos.

      Le sugiero que no solo exponga las formulas a aplicar en cada prestación, sino que las desarrolle e indique exactamente que valor es el que debe recibir como pago Juan.

  • Quilian José Cubides Mora

    Miembro
    junio 25, 2024 at 6:32 pm

    Cordial saludo docente y compañeros.

    Teniendo en cuenta que Juan devenga el equivalente a un salario mínimo legal vigente para el año 2024, tiene derecho a recibir el subsidio de transporte, a que le sean canceladas las cesantías, los intereses de las cesantías bien sea al momento de terminar el contrato laboral o al cumplirse el 31 de diciembre y para este caso es de forma parcial suponiendo que la fecha de ingreso es al fecha actual del año, lo mismo que las primas y las vacaciones y una vez cumplida los tres meses de estar laborando tendría derecho a recibir la dotación.

  • Katherinne Bibiana Santana Zorro

    Miembro
    junio 25, 2024 at 7:37 pm

    Juan Restrepo se acerca a usted, él tiene varias dudas relacionadas con el nuevo contrato de trabajo que acaba de firmar en la empresa PALITOS SAS. Al respecto, le pide asesoría porque quiere saber a qué tiene derecho, cada cuanto, en qué fechas le pagarían las prestaciones sociales, sus vacaciones y a cuanto equivale en dinero teniendo en cuenta que su salario mensual es de $1.300.000 (SMLV 2024).

    Rta: Juan tiene derecho a:

    · Salario mínimo + aux de transporte (1.300.000+162.000=$1.462.000) esto es mensualmente

    · Prima de servicios que equivale a 30 días de salario divido en dos pagos (junio (15)-diciembre (20)

    Primer semestre: $1462000/30*15=$731000

    Segundo semestre: $731000 (va de julio 1 al 30 de diciembre)

    · Tendría derecho a dotación por ganar menos de 2 SMLMV

    · Cesantías: Están son pagas por cada año de servicio o es proporcional al tiempo de servicio laborado y equivale al aux. de transporte + salario ($1.462.000) y debe ser consignado al Fondo de Pensiones escogido por el trabajador

    · Intereses de cesantías: Este equivale al 12% del tiempo laborado $1.462.000*12%=175.440

    · Vacaciones: Esta son liquidadas por cada año de servicio y el trabajador tiene derecho a disfrutar de 15 días hábiles de descanso ($1.462.000/2=650000)

    La liquidación de juan saldría por $3.749.440

  • Vanessa del Carmen Camacho Cabeza

    Miembro
    junio 25, 2024 at 8:16 pm

    Cordial saludo;

    Juan Restrepo tiene derecho a su salario mensual, más el pago de salud, pensión, ARL, caja de compensación familiar y auxilio de transporte, además tiene derecho a dotación, a prima de servicios, vacaciones, cesantías e intereses a las cesantías.

    * Salario mensual por 1.300.000.

    * Salud 12.5%, 4% asumido por trabajador y 8.5% por el empleador, así empleador 162.500 y trabajador 52.000.

    * Pensión 16%, 4% asumido por trabajador y 12% por el empleador, así empleador 156.000 y trabajador 52.000.

    * Caja de compensación 4% asumido por el empleador

    * ARL le corresponde al empleador el 100% del pago y es de acuerdo al nivel de riesgo.

    * Auxilio de transporte por 162.000.

    * Dotación 3 entregas al año de vestuario y calzado.

    * Prima de servicios liquidadas así: 1.462.000*180/360 = 731.000 pagadas a mas tardar el 30 de junio por 731.000, y 20 de diciembre por 731.000.

    *Vacaciones correspondientes a 15 días de salario por cada año laborado liquidadas así, 1.300.000*360/720= 650.000.

    *Cesantías liquidadas así, 1.462.000*360/360 = 1.462.000.

    *Intereses a las cesantías será el valor de las cesantías por días trabajados, por 0,12 entre 360 estas deberán ser pagadas a mas tardar el 30 de enero del año siguiente a su causación, liquidadas así; 1.462.000*360*0,12/360 = 175.440.

  • Jhon Alexis Angulo Gómez

    Miembro
    junio 25, 2024 at 9:03 pm

    Juan Restrepo se acerca a usted, él tiene varias dudas relacionadas con el nuevo contrato de trabajo que acaba de firmar en la empresa PALITOS SAS. Al respecto, le pide asesoría porque quiere saber a qué tiene derecho, cada cuanto, en qué fechas le pagarían las prestaciones sociales, sus vacaciones y a cuanto equivale en dinero teniendo en cuenta que su salario mensual es de $1.300.000 (SMLV 2024).

    Juan tiene derecho a un auxilio de transporte por un valor de $162.000, tiene derecho a recibir una prima total por el valor de su salario $1.300.000 la cual debe consignarse en el mes de junio y en el mes de diciembre siendo las fechas máximas de pago el 30 de junio y el 20 de diciembre, también tiene derecho a disfrutar de vacaciones durante un periodo de 15 dias hábiles por año laborado en el ejemplo de deben liquidar por un valor de $650.000 correspondientes a 15 días de salario tiene derecho a cesantias que se liquidan salario mensual x días laborados / 360 = $1.300.000 x 360/360= $1.300.000 que es el valor correspondiente a las cesantias que le deben consignar a su fondo de cesantias, tiene derecho a recibir intereses de cesantias el 12% anual que equivalen a un valor de $156.000, también tiene derecho a afiliarse a caja de compensación a fondo de pensiones a recibir dotación de trabajo E T O a esto tiene derecho al firmar su contrato laboral Juan.

  • Martha Milena Ramírez Montes

    Miembro
    junio 25, 2024 at 9:11 pm

    Teniendo en cuenta que ingresó a laborar el 19 de junio, tendría derecho al pago de las siguientes prestaciones sociales:

    · Cesantías: Trabajando a diciembre 31 acumularía 192 días: salario (1462000)* dias laborados (192) / 360=779733

    · Intereses a las cesantías: Trabajando a diciembre 31 acumularía 192 días cesantïas*0,12*dias laborados (192) /360=49902

    · Prima de servicios: 12 días primer semestre: salario (1462000)* dias laborados (12) / 180=48733. Prima diciembre trabajando hasta 31: salario (1462000)* dias laborados (180) / 360=731000.

    · Vacaciones: Trabajando a diciembre 31 acumularía 192 días: salario básico(1300000)* dias laborados (192) / 720: 346666.

    · Dotación por tener un salario inferior a 2 SMLMV: Por tener menos de 3 meses de vinculación a agosto no tendría derecho a la de este periodo, solamente tendría derecho a la de diciembre.

    · Afiliación a la caja de compensación familiar en la que podría ser beneficiario de subsidio familiar si cumple con los dependientes definidos.

  • Cindy Jehin Gutierrez Osorio

    Miembro
    junio 25, 2024 at 9:49 pm

    Juan Restrepo se acerca a usted, él tiene varias dudas relacionadas con el nuevo contrato de trabajo que acaba de firmar en la empresa PALITOS SAS. Al respecto, le pide asesoría porque quiere saber a qué tiene derecho, cada cuanto, en qué fechas le pagarían las prestaciones sociales, sus vacaciones y a cuanto equivale en dinero teniendo en cuenta que su salario mensual es de $1.300.000 (SMLV 2024).

    Rta: En mi asesoría le indicaría a Juan Restrepo que:

    1. Tiene derecho a recibir su salario mensual en dinero como retribución del servicio prestado por valor de $1.300.000,

    2. Tendría derecho a horas extras diurnas, extras nocturnas, dominicales y festivos en caso de ser necesarias o ejecutadas.

    3. Auxilio de cesantías para ser utilizadas en caso de quedar cesantes o retiros parciales para educación, compra de vivienda o mejora de vivienda para este el empleador tendrá un plazo máximo hasta el 14 de febrero de cada año para pagarlas con la siguiente formula.

    · Días laborados (360) x salario (1.300.000) entre 360 días es igual a 1.300.000

    4. Intereses sobre las cesantías corresponde al 1% mensual o al 12% anual sobre las cesantías acumuladas del 1 de enero al 31 de diciembre del año anterior y debe ser pagado por el empleador, con la siguiente formula:

    · Cesantías (1.300.000) x 0,12% x numero de días trabajados (360) entre 360 igual a 156.000

    5. Prima de servicios corresponden a 15 días por cada semestre laborado, es decir en total al año serian 30 días pagados, se deben pagar los primeros 15 días antes de 30 de junio(lo trabajado del 1 de enero al 30 de junio) y los otros 15 días antes del 20 de diciembre(lo laborado del 1 de julio al 31 de diciembre), con la siguiente formula

    · Días laborados (360) x salario (1.300.000) entre 360 igual a 1.300.000. (pagados 650 antes de 30 de junio y 650 antes del 20 de diciembre)

    6. Dotación debido a que gana menos de 2 salarios mínimos estos deben ser entregados 3 veces al año es decir cada 4 meses (la primera máximo al 30 de abril, la segunda máximo al 31 de agosto y el tercero máximo al 20 de diciembre), este pago es en especie y constituye el vestuario adecuado para ejecutar las labores y un par de zapatos el cual no debe ser devuelto por el trabajador cuando termine el contrato.

    7. Subsidio familiar este pago puede ser en dinero, en especie o en servicio y este pago lo asume las cajas de compensación familiar siempre y cuando se cumplan los requisitos para acceder a dicho beneficio.

    8. Vacaciones: que corresponde a un descanso remunerado otorgado por el empleador a sus trabajadores equivalente a 15 días hábiles por cada año de servicio, adicionalmente le indico que no puede pasar un año sin este descanso o un descanso de mínimo 6 días y el resto puede ser recibido en dinero. (no es una prestación social), el pago que recibiría es el salario normal es decir 1.300.000 sin incluir horas extras recargos por trabajos adicionales ni subsidio de transporte

    9. Licencias de maternidad o paternidad en caso de ser necesario (18 meses para las madres y 2 semanas para los padres)

    10. Indemnización por despidos sin justas causas o sin autorización o moratorias o sanciones por no consignar las cesantías a tiempo.

  • Edixon Andrés Peña

    Miembro
    junio 25, 2024 at 11:41 pm

    · Prestaciones sociales:

    <ul type=”disc”>

  • Tienes
    derecho a prestaciones sociales como cesantías, prima de servicios,
    vacaciones y salud.
  • Las cesantías corresponden un
    salario mensual incluyendo aux de transporte y se pagan anualmente. Si
    trabajas todo el año, recibirás el equivalente a un salario mensual.
  • La prima de servicios es 1
    salario y se paga en dos partes: la primera en junio y la segunda en
    diciembre.
  • Vacaciones: Tienes derecho
    a 15 días hábiles de vacaciones al año. El valor de las vacaciones se
    calcula dividiendo tu salario mensual entre 30 y multiplicándolo por los
    días de vacaciones.
  • Salud: Debes estar
    afiliado al sistema de salud (EPS) y la empresa debe aportar a tu
    seguridad social.
  • Javier David Chinome Guevara

    Miembro
    junio 26, 2024 at 1:38 pm

    Juan, tienes derecho a varias prestaciones sociales en tu nuevo trabajo. Las cesantías equivalen a un mes de salario por cada año trabajado y se consignan antes del 14 de febrero.

  • Adrián Rueda Rodríguez

    Miembro
    junio 26, 2024 at 6:20 pm

    el señor juan restrepo que trabaja en la empresa PALITOS SAS y devenga un salario mensual $ 1.300.000 SMLV 2024 fechas de pagos de las prestaciones sociales y sus vacaciones y equivalente en dinero del pago de las prestaciones sociales y sus vacaciones:

    Desarrollo:

    * Pago de primas siendo 15 días laborales asi el 50% del salario mensual: $ 650.000 a pagar en junio y diciembre del año en cuestion.

    * recibe del pago de cesantías e intereses sobre las mismas que suman un mes de salario y los intereses que equivalen al 12% del salario basico, que deberán ser consignados el 14 de febrero posterior al siguiente año trabajado.

    * la dotacion se le entrega tres 3 veces durante cada año de contrato.

    * Disfrute de quince 15 días de vacaciones remuneradas por año laborado, calculados asi: salario basico mensual x dias del año (360) % 720

    * Auxilio de transporte $ 162.000 que se los pagaran cada mensualidad.

  • Ivonne Dayana Padilla Chavarro

    Miembro
    junio 27, 2024 at 11:00 am

    Teniendo en cuenta que el salario de Juan es de $1.300.000 (SMLMV 2024) más el subsidio de transporte que equivale a $162.000, él tiene derecho a las siguientes prestaciones sociales:

    · Cesantías: son equivalentes a un mes de salario por cada año trabajado y deben ser consignadas por el empleador en el Fondo de Cesantías al cual el empleado esté afiliado. El empleador tendrá plazo de realizar dicha consignación a más tardar el 14 de febrero de cada año.

    · Intereses a las cesantías: corresponden al 12% anual y se liquidan junto con
    las cesantías.

    · Prima de servicios: Equivale a un mes de salario por cada semestre trabajado. Se paga el 50% máximo el 30 de Junio y el otro 50% el 20 de Diciembre de cada año laborado.

    · Vacaciones: Corresponde a un descanso remunerado de 15 días por cada año trabajado. El empleador debe pagarle el salario correspondiente durante este período.

    Adicionalmente recibirá Dotación cada 4 meses (30 de abril del 2024, 31 de agosto del 2024 y el 20 de diciembre del 2024), teniendo en cuenta que su salario es inferior a 2 SMLMV, así mismo, el empleador tendrá el deber de afiliarlo a la caja de compensación familiar.

    A continuación, se detalla a cuanto equivale en
    dinero las prestaciones sociales que recibirá Juan en el 2024, si su contrato
    laboral inicio el 01 de enero:

  • German Sosa

    Miembro
    julio 1, 2024 at 6:51 pm

    Juan Restrepo se acerca a usted, él tiene varias dudas relacionadas con el nuevo contrato de trabajo que acaba de firmar en la empresa PALITOS SAS. Al respecto, le pide asesoría porque quiere saber a qué tiene derecho, cada cuanto, en qué fechas le pagarían las prestaciones sociales, sus vacaciones y a cuanto equivale en dinero teniendo en cuenta que su salario mensual es de $1.300.000 (SMLV 2024).

    Respuesta:

    Salario:

    $1.300.000

    SUBSIDIO DE TRANSPORTE:

    $162.000

    PRIMA DE SERVICIOS:

    Equivale a 30 días de salario en dos pagos junio y diciembre de cada año

    $731.000 ( se incluye el subsidio de transporte para la liquidación).

    CESANTIAS:

    Equivale a un salario mensual incluido el subsidio de transporte

    $1.462.000

    INTERESES SOBRE LAS CESANTÍAS:

    Se liquida el 1% mensual sobre las cesantías $175.440

    VACACIONES:

    Por
    cada año de servicio tiene derecho a 15 días hábiles de descanso remunerado

    $1.462.000/2 = $731.000 ( Incluye subsidio de transporte en la liquidación)

    Adiciona a las prestaciones sociales y las vacaciones el trabajador tiene derecho a que el patrono lo vincule al sistema de seguridad social (salud, pensión arl)

    Así mismo tiene otros derechos como dotación de vestido y calzado dos veces al año, subsidio familiar si tiene personas a cargo

  • Gilberto Antonio Noriega Rojas

    Miembro
    julio 1, 2024 at 7:13 pm

    El Señor Juan Restrepo tiene los siguientes derechos laborales:

    PRIMAS

    PRIMAS ANUALES = $1.300.000 si la duración del contrato laboral es de un año, Se pagaran en dos periodos a saber:

    1. Máximo el 30 de Junio la suma de $650.000.

    2. máximo el 20 de diciembre la suma de $650.000.

    Si Juan no trabaja el año completo se le liquidara las primas proporcionales al tiempo laborado con la siguiente formula:

    PRIMAS PROPORCIONALES= días laborados x Salario/ 360 días

    CESANTIAS.

    1. Si Juan no trabaja el año completo, Se pagarán al trabajador las Cesantías, lo proporcional a los meses trabajados si el contrato se liquida antes del año donde la fórmula es

    CESANTIAS PROPORCIONALES = Días laborados x Salario/ 360 días

    Se pagarán los intereses de Cesantías = 1% x Números de Meses Trabajados * salario Mensual.

    2. Si el trabajador cumple el año y el contrato sigue vigente en el siguiente año, el empleador Consignara al fondo de Cesantías elegido por el empleado, lo correspondiente a un Salario mensual más el 12% de Intereses de Cesantías. la fecha de Consignación es máxima hasta el 14 de febrero del siguiente año.

    VACACIONES

    VACACIONES ANUALES $650.000

    1. Se pagaran al trabajador las Vacaciones lo proporcional al los meses trabajados si el contrato se liquida antes del año donde la formula es= Dias laborados x 0,5x Salario/ 15 dias

    2. Si el trabajador cumple el año y el contrato sigue vigente en el siguiente año, el empleador permitirá al trabajador pueda tomar un tiempo de vacaciones de 15 días hábiles por año laborado. Las empresas pagan antes de iniciar el periodo de Vacaciones el valor Salarial de las mismas y al final del mes donde se tomó las vacaciones se pagará el saldo del salario del mes al finalizar el mismo.

  • Alexandra Carolina Dimate

    Miembro
    julio 2, 2024 at 10:10 am

    En atención al ejercicio planteado,

    Una vez firmado el contrato de trabajo, Juan tiene derecho a las prestaciones sociales que la ley establece,

    Salario + Auxilio de transporte, este pago es mensual teniendo en cuenta lo establecido por la ley, para el año 2024 el valor a cancelar es $1.462.000

    Prima de servicios, corresponde a 30 días de salario que se reciben anualmente en dos pagos, el primero debe ser pagado máximo el 30 de junio, y el segundo máximo hasta el 20 de diciembre, cada uno por valor de $ 731.000.

    Vacaciones, corresponde a 15 días hábiles por año de servicio prestado, equivalente a un valor de $650.000.

    Dotación, la debe recibir tres veces en el año, ya sea en bonos o en especie dependiendo el área que desempeñe sus funciones.

    Cesantías, el valor a consignar en el fondo de cesantías por el año laborado es $1.462.000.

    Intereses sobre cesantías, $ 1.462.000*12% = 175.440 por el año laborado.

    Afiliación a caja de compensación, El valor lo asume 100% el empleador.

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