• Osnid Otero Gómez

    Miembro
    abril 17, 2024 at 6:09 pm

    buenas tardes: los 5 presupuestos

    1. Tener a cargo la responsabilidad de hijos menores o de otras personas incapacitadas para trabajar, este sin importar que sea mayor de edad si se demuestra que está incapacitado para trabajar.

    2. la responsabilidad de padre o madre cabeza de familia sea de carácter permanente tiene a su cargo el sustento económico de su hogar en forma permanente, con sus hijos menores propios o adoptivos

    3. Que su núcleo familiar este a su cargo exclusivo, ya sea porque su cónyuge o compañero permanente está ausente o en una situación de discapacidad, debidamente comprobada

    4. padre o madre no asumen la responsabilidad que le corresponde o que sea un motivo realmente poderoso como es la

    incapacidad física, sensorial, síquica, mental o la muerte.

    5. no cuenta con ningún tipo de ayuda de los demás miembros de la familia, lo cual significa la responsabilidad solitaria de la madre o padre.

    el resumen de estos presupuestos podría llamarse como una garantía para los que tienen responsabilidades familiares no sean despedidos o despedidas sin justa los cubre el fuero de estabilidad laboral reforzada para madres y padres cabeza de familia

    • Jose Wilmar Matamoros Fonseca

      Miembro
      abril 23, 2024 at 1:08 pm

      Estimado Osnid cordial saludo: Conforme usted lo manifiesta, estos presupuestos buscan la protección de la madre cabeza de familia, pretendiendo que en realidad ostenta la calidad y por ende la necesidad de la protección.

  • Juan Pablo Flautero Roa

    Miembro
    abril 17, 2024 at 9:37 pm

    1.Que se tenga a cargo la responsabilidad de hijos menores o de otras personas incapacitadas para trabajar.

    Toda mujer que tenga a cargo personas bajo estás condiciones tiene este derecho ya que está en una situación vulnerable en dónde si ella queda sin empleo está afectando directamente a las personas que dependen de sus ingresos.

    2.Que esa responsabilidad sea de carácter permanente.

    Lo que quiere reforzar este punto es que está carga que tiene y la responsabilidad de llevar los gastos del hogar y sus integrantes sea siempre exclusivamente de ella.

    3.No solo la ausencia permanente o abandono del hogar por parte de la pareja, sino que aquella se sustraiga del cumplimiento de sus obligaciones.

    Cuando no exista ningún tipo de apoyo económico por parte de la pareja

    4.Que la pareja no asuma la responsabilidad que le corresponde y ello obedezca a un motivo verdaderamente poderoso como la incapacidad física, sensorial, síquica o mental o, como es obvio, la muerte.

    Cuando la pareja no esté dentro de las facultades mínimas para poder obtener un ingreso y la carga quede únicamente a la mujer. En este caso sigue siendo cabeza de hogar.

    5.Que haya una deficiencia sustancial de ayuda de los demás miembros de la familia, lo cual significa la responsabilidad solitaria para sostener el hogar.

    Si en el caso de que hayan algunos ingresos de parte de algunos integrantes del núcleo familiar pero no sean suficientes para suplir las necesidades completas ni cumplir con un mínimo vital.

    • Jose Wilmar Matamoros Fonseca

      Miembro
      abril 23, 2024 at 1:10 pm

      Estimado Juan cordial saludo: Felicitaciones, muy clara la explicación y argumentación de cada uno de los cinco presupuestos.

  • Dairo Eduardo Mendez Santana

    Miembro
    abril 17, 2024 at 9:42 pm

    1) Que la madre o padre tengan la responsabilidad de hijos menores de edad o personas con incapacidad para laborar.

    2) Que la responsabilidad sea de carácter permanente.

    3) Que el hogar este solo a su cargo por abandono del cónyuge y que este no cumpla sus obligaciones monetarias.

    4) Por muerte del compañero o incapacidad física, mental o sensorial que le impidan responder por sus obligaciones.

    5) Que no tenga ningún tipo de ayuda de los otros miembros de la familia osea que tenga la responsabilidad absoluta del hogar.

    • Jhon Álvaro Vanegas Rodríguez

      Miembro
      abril 22, 2024 at 10:14 pm

      Dairo buenas noches y excelente respuesta, solo para mencionar que todos estos presupuestos son llevados mediante la ley 82 de 1993 para que se demuestre tal condición de vulnerabilidad.

      Saludos Compañero.

    • Jose Wilmar Matamoros Fonseca

      Miembro
      abril 23, 2024 at 1:12 pm

      Estimado Dairo cordial saludo: Los presupuesto expuestos se encuentran conformes con lo solicitado en el foro.

  • Isaac David Arias Casas

    Miembro
    abril 17, 2024 at 9:51 pm

    Buenas noches!! Respondiendo a la pregunta de que presupuestos o condiciones debe tener una persona para calificar como cabeza de familia puedo decir lo siguiente:

    1. Que la persona responda solo o sola por los hijos menores de edad o por personas mayores de edad con imposibilidad de trabajar.

    2. Que la responsabilidad de la persona cabeza de familia no sea temporal y que permanezca en el tiempo.

    3. Que haya un abandono por parte del padre de los hijos o de el compañero permanente y que este no cumpla con sus obligaciones como por ejemplo la cuota alimentaria o que por razones de salud no lo pueda hacer.

    4. Que el padre o la madre no cumpla con sus obligaciones por razones que sean verdaderas y comprobables como por ejemplo invalidez, temas graves de salud o la muerte.

    5. Que haya una carencia de ayuda por parte de los demás miembros de la familia lo cual significaría que toda la responsabilidad de sostenimiento recae en esa sola persona.

    • Jose Wilmar Matamoros Fonseca

      Miembro
      abril 23, 2024 at 1:14 pm

      Estimado Isaac cordial saludo: La respuesta argumentada se encuentra conforme con lo consultado en el foro.

  • Jorge Hernan Sabogal Orozco

    Miembro
    abril 18, 2024 at 2:26 am

    Los 5 presupuestos para que una madre cabeza de familia sea reconocida son :<div>

    1. Que tenga a cargo hijos menores o de otras personas, o que los hijos sean incapaces de trabajar.

    2. Que esta responsabilidad sea de carácter permanente.

    3. Que tenga ausencia permanente de su pareja o cónyuge, o que esta no cumpla con sus obligaciones como padre.

    4. Que la pareja o cónyuge no asuma la responsabilidad que le corresponde y que esto obedezca y que esto sea por un motivo mayor como la incapacidad física, mental, sensorial, psíquica o mental o la muerte.

    5. Que exista una deficiencia sustancial de los demás miembros de la familia, lo que hace que la madre sea la única que da el sustento para mantener el hogar.

    Además es de notar que la ley 82 de 1993 en su artículo 2, ratifica el deber del estado en dar protección especial a las madres Cabeza de familia. La Constitución en el artículo 43 indica esta protección especial. Y las tutelas T 283 – 2006, T 835 – 2012, T 420 – 2017 y otras sentencias de la corte como la SL 696 del 2021, qué ratifican los 5 presupuestos para que una madre sea considerada cabeza de familia.

    </div>

  • Oscar Humberto López Delgado

    Miembro
    abril 18, 2024 at 3:56 am

    El apoyo especial a la mujer cabeza de familia es un mandato directo de la Constitución, y que dicha protección tiene la finalidad de promover la pesada carga y responsabilidad que tiene la mujer cuando es el unico miembro de la familia que se hara cargo de sustentar todo lo conserniente a la subsistencia y mantener un hogar.

    Por tal razón los 5 presupuestos que se deben cumplir para que una madre se considere cabeza de familia son:

    1. Que se tenga a cargo la responsabilidad de hijos menores o de otras personas incapacitadas para trabajar,

    2. que esa responsabilidad sea de carácter permanente, es decir la protección total y custodia de estos menores.

    3. No solo la ausencia permanente o abandono del hogar por parte de la pareja, si no que aquella se sustraiga del cumplimiento de sus obligaciones como padre.

    4. Que la pareja no asuma la responsabilidad que le corresponde y ello obedezca a un motivo verdaderamente poderoso como la incapacidad física, sensorial, psíquica o mental o, como es ovio la muerte.

    5. Que haya una deficiencia sustancial de ayuda de los demás miembros de la familia, lo cual significa la responsabilidad solitaria de la madre para sostener el hogar

  • Miguel Eduardo Gómez Cepeda

    Miembro
    abril 18, 2024 at 7:10 am

    PRIMERO: Que el padre o la madre este respondiendo por la manutención de sus hijos sin importar si son mayores o menores de edad, siempre y cuando tengan una condición especial que les impida aportar económicamente en el hogar

    SEGUNDO: La responsabilidad que tiene el padre o madre cabeza de familia sea permanente, es decir que permanezca en el tiempo

    TERCERO: Que el padre o la madera o cumpla con sus obligaciones económicas para mantener un hogar que hubo abandono por parte de el

    CUARTO: Que esas obligaciones que no se cumplan por condiciones reales, es decir: La muerte, una condición física que le impida trabajar (como el caso de la señora que hablo en la empresa por que su conyugue tuvo un accidente en transmilenio y no podia seguir laborando)o en caso de que este privado de su libertad

  • Nelson Ivan Camargo Moreno

    Miembro
    abril 18, 2024 at 10:41 am

    ¿Explique y argumente cada uno de los 5 presupuestos indispensables para que se reconozca la condición de madre o padre cabeza de familia? Por favor hágalo con sus propias palabras.

    Es indispensables para que se reconozca la condición de madre o padre cabeza de familia que cumplir con cinco condiciones:

    PRIMERO: La madre cabeza de familia debe brindar un sustento económico, social o afectivo al hogar

    SEGUNDO: La responsabilidad de la mujer frente al hogar debe ser permanente

    TERCERO: abandono de los deberes legales de manutención por parte del padre

    CUARTO: que la madre no cuente con apoyo económico para sus hijos Y sea por motivos relevantes como muerte o imposibilidades físicas o psicológicas y le impidan trabajar para cumplir con las obligaciones como papa.

  • Carlos Andrés Aguirre Martinez

    Miembro
    abril 18, 2024 at 11:57 am

    los siguientes son los requisitos que se deben acreditar para que se reconozca como padre o madtre cabeza de familia.

    1- Que sea solo uno de los dos quien tenga la responsabilidad de forma afectiva ,economica y social

    2- Que dicha responsabilidad de forma permanente

    3- Que alla sustraccion de uno de los dos miembros cabeza de familia “padre o madre”

    4- Que padre o madre no asuman su responsabilidad

    5- Que los menores estan en edad de escolaridad e incluso si son mayores de 18 años que pueden trabajar para aportar al hogar.

  • Alexander Argemiro Camelo Murillo

    Miembro
    abril 18, 2024 at 5:19 pm

    Muy buenas tardes compañeros

    • ¿Explique y argumente cada uno de los 5 presupuestos indispensables para que se reconozca la condición de madre o padre cabeza de familia ?

      1. Quien encabeza el hogar debe tener la responsabilidad continua de cuidar de los hijos menores o de personas que no pueden trabajar, sin que esta carga sea meramente temporal, sino permanente en su naturaleza.

      2. Si la pareja ha abandonado el hogar de manera permanente y no cumple con sus deberes como padre o madre, esto debe ser considerado como un factor relevante.

      3. Asimismo, es necesario demostrar una carencia sustancial de ayuda por parte de otros miembros de la familia para quien está al frente del hogar.

      4. La condición de ser el único sostén del hogar implica asumir de forma individual tanto la responsabilidad económica como la del cuidado del hogar.

      5. Es fundamental que esta situación perdure en el tiempo y no sea simplemente transitoria, ya que es la base para demostrar el derecho a la estabilidad laboral.

  • Sandra puentes Puentes Rojas

    Miembro
    abril 21, 2024 at 12:05 am

    Los 5 presupuestos para que una madre cabeza de familia sea reconocida son:

    1.Que tengan a cargo la responsabilidad de hijos menores o de otras personas incapacitadas para trabajar.

    Toda madre o padre que tengan a cargo hijos menores de edad o hijos con alguna discapacidad que no se puedan velar por sí mismos o los hijos mayores de edad que se encuentren estudiando y tal motivo no puedan aportar económicamente al hogar y que dependan económicamente solo de ella (madre o padre).

    2.Que esa responsabilidad sea de carácter permanente.

    Tiene a su cargo el sustento económico de su hogar en forma permanente, con sus hijos menores propios o adoptivos y de ahí dependen el cumplimiento de sus obligaciones.

    que se demuestre un abandono del padre o madre permanente de sus hijos y que este no responda económicamente

    4.Que la pareja no asuma la responsabilidad que le corresponde y ello obedezca a un motivo verdaderamente poderoso como la incapacidad física, sensorial, síquica o mental o, como es obvio, la muerte.

    que ningún miembro de la familia o pareja tengan las facultades de aportar económicamente para la manutención del menor para que este pueda tener una vida digna

    5.Que haya una deficiencia sustancial de ayuda de los demás miembros de la familia, lo cual significa la responsabilidad solitaria para sostener el hogar.

  • Melquisedec López Gil

    Miembro
    abril 22, 2024 at 1:11 pm

    Es muy importante que la corte constitucional haya creado normas y leyes que protejan la vulnerabilidad de mujer cabeza de familia, cuando ella sea la aporta el sustento económico en el hogar.

    Uno de los presupuestos de la corte aclara que se debe proteger las mujeres cabeza de hogar que tengan bajo su manto hijos mayores, en discapacidad o estudiando. es muy valioso darle la importancia que tiene una madre para poder sacar adelante a sus hijos y que sea protegida.

    También considero muy importante la protección que se le da a la madre cabeza de hogar cuando por alguna circunstancia pierde su compañero permanente o sufre una discapacidad.

    En Colombia es muy visto que las mujeres son quienes asumen la responsabilidad de los padres y hermanos que por causa de la desigualdad económica y social son amparados económicamente y valorar dicha responsabilidad, pero además protegerla me parece muy valioso.

  • Melquisedec López Gil

    Miembro
    abril 22, 2024 at 1:15 pm

    En el presupuesto en que la mujer es abandonada económicamente por su compañero sentimental muy visto en Colombia y quien es la que asume dicha carga ante sus hijos. Ante la ineficiencia de leyes que pueden obligar a los padres a responder económicamente por sus hijos es muy importante que la constitución o legislación colombiana protejan a la mujer.

  • Melquisedec López Gil

    Miembro
    abril 22, 2024 at 1:17 pm

    No es menos valioso el reconocimiento del hombre como cabeza de hogar ya que le da carácter de igualdad en una sociedad machista.

  • Jhon Álvaro Vanegas Rodríguez

    Miembro
    abril 22, 2024 at 10:10 pm

    Buenas noches compañeros y Tutor.

    Siguiendo con el foro ·6 esta seria mi opinión.

    • ¿Explique y argumente cada uno de los 5 presupuestos indispensables para que se reconozca la condición de madre o padre cabeza de familia ?. Por favor hágalo con sus propias palabras.

    • 1. Tener a cargo sus hijos menores de edad o de otras personas que se encuentren a cargo de ella y mayores discapacitados. Aquí no es solo responsabilidad económica, ay que también se debe brindar amor comprensión para su desarrollo físico y mental.

    • 2. Si la primera condición es permanente y que lleve mucho tiempo asumiendo esta responsabilidad y que siga llevándola por un tiempo indefinido. Aquí nos enfrentaremos a varias posibles condiciones de sus acompañantes, y podría ser la incapacidad permanente, sus padres de la tercera edad y requieran de su compañía y cuidados.

    • 3. La Ausencia o abandono de su pareja, pero se debe demostrar que el conyugue NO cumple con sus obligaciones. Existes casos donde su pareja o conyugue se ausenta temporalmente, en este caso no seria como valido para ser madre cabeza de hogar.

    • 4. Que su conyugue presente una incapacidad, física, psíquica y sensorial o por fallecimiento. Podría llevar una vida de hogar y su esposo ya sea por una accidente o enfermedad o se pierda la vida y no pueda generar los ingresos, aquí es donde se tomaría el fuero Madre cabeza de hogar.

    • 5. Que la madre asuma toda la responsabilidad ya que los demás miembros no lo hacen. Podría estar con varias personas y pueden presentar las condiciones limitante ya mencionadas. La convierte en la única persona de sostener económicamente su hogar, familia etc.

    Todo estos presupuestos se deben de mostrar para que sea declarada madre cabeza de familia, mediante el proceso establecido en el parágrafo, de la ley 82 de 1993, ante un notario.

    La corte constitucional indico que NO deja de ser madre cabeza de familia si sus hijos cumplen la mayoría de edad y se encuentran estudiando.

    Gracias por su atención.

    Concepto-034961-de-2022-Departamento-Administrativo-de-la-Función-Pública-Gestor-Normativo (funcionpublica.gov.co)

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